Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decreto 394/2001

Designación de Presidente y Vicepresidente. Convocatoria para la integración del Consejo de Administración del mencionado organismo descentralizado. Modificación del Decreto N° 1585/96 en relación con las atribuciones y funciones del Presidente del mismo y la composición del Consejo.

Bs. As., 1/4/2001

VISTO el Expediente N° 800-002797/2001 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N° 25.414, y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de la emergencia sanitaria se declaró la intervención del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Organismo Descentralizado de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA, por el Decreto N° 324 del 16 de marzo de 2001.

Que en el marco de dicho proceso, es intención del Gobierno Nacional profundizar los niveles de eficiencia en la gestión pública para enfrentar los desafíos que el escenario actual exige.

Que del relevamiento efectuado acerca de la situación, surge la necesidad de adoptar decisiones urgentes que permitan solucionar el problema que se ha planteado.

Que para ello resulta necesario contar con una conducción fortalecida por atribuciones que optimicen su eficacia.

Que además resulta imprescindible contar con la colaboración y participación de los diversos sectores que integran el complejo agroalimentario y las representaciones de los gobiernos provinciales.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por finalizada la intervención dispuesta por el Decreto N° 324 del 16 de marzo de 2001, para el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Art. 2° — Desígnase como Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA al Doctor D. Bernardo Gabriel CANE (D.N.I. 12.014.678).

Art. 3° — Desígnase como Vicepresidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA al Doctor D. Alfredo BIGATTI (D.N.I. 12.141.333).

Art. 4° — Convócase a las entidades a designar representantes para la integración del Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Organismo descentralizado de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA .

Art. 5° (Artículo derogado por art. 1° del Decreto N° 680/2003 B.O. 2/9/2003. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial).

Art. 6° (Artículo derogado por art. 1° del Decreto N° 680/2003 B.O. 2/9/2003. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial).

Art. 7° (Artículo derogado por art. 1° del Decreto N° 680/2003 B.O. 2/9/2003. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial).

Art. 8° (Artículo derogado por art. 1° del Decreto N° 680/2003 B.O. 2/9/2003. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial).

Art. 9° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con imputación a los créditos vigentes, en el Presupuesto Nacional correspondiente al Ejercicio 2001, para el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Domingo F. Cavallo.

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