JUBILACIONES Y PENSIONES
HABER MINIMO BENEFICIO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Jul-2003
Resumen:
ESTABLECESE, A PARTIR DEL 1º DE JULIO DE 2003, EL HABER MINIMO DE CADA BENEFICIO CORRESPONDIENTE A LAS PRESTACIONES A CARGO DEL REGIMEN PREVISIONAL PUBLICO DEL SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES.