TABACO
ADICIONALES SOBRE CIGARRILLOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Ago-1989
Resumen:
EL ADICIONAL DE 3,50 AUSTRALES, PREVISTOS POR EL ARTICULO 25 DE LA LEY 19800, MODIFICADA POR LA LEY 23.684, SE APLICARA SOBRE CADA PAQUETE DE CIGARRILLOS VENDIDOS DE 2 (DOS) UNIDADES BASICAS O A RAZON DE 1,75 AUSTRALES POR UNIDAD BASICA.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 11 DEL DECRETO 243/2015 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, B.O. 27/02/2015, PAGINA 3.