ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS
ADELANTOS FINANCIEROS - DELEGACION DE FACULTADES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Feb-2003
Resumen:
FACULTASE A LA SECRETARIA DE HACIENDA A OTORGAR ADELANTOS FINANCIEROS A DIVERSAS PROVINCIAS EN LA MEDIDA DE LAS POSIBILIDADES DEL TESORO NACIONAL, A EFECTIVIZARSE EN PESOS Y/O LECOP POR HASTA UN DETERMINADO MONTO; ASIMISMO, DISPONESE LA CANCELACION DE ANTICIPOS OTORGADOS CON MAS LOS INTERESES QUE SE DEVENGUEN, LA QUE SE EFECTUARA MEDIANTE LA AFECTACION DE LA RESPECTIVA PARTICIPACION EN EL REGIMEN DE LA LEY 23.548 Y MODIFICATORIAS O EL QUE LO SUSTITUYA Y EN OTROS RECURSOS COPARTICIPABLES SIN AFECTACION A UN DESTINO ESPECIFICO.