MINISTERIO DE HACIENDA
Decreto N° 31.911/1948
Observa el P. E. el Proyecto de Ley 13.504
Buenos Aires, 14/10/48
POR CUANTO: El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina han sancionado bajo el número 13.504 el proyecto de ley modificando la ley de vialidad N° 11.658 y su complementaria N° 12.625.
Por las objeciones formuladas por el Señor Procurador del Tesoro, los fundamentos del Mensaje que se remite en la fecha al Honorable Congreso de la Nación y en ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo N° 72 de la Constitución Nacional.
El Presidente de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1° - Devuélvase al Honorable Congreso de la Nación, el Proyecto de Ley sancionado bajo el N° 13.504, con las objeciones contenidas en el Mensaje del día de la fecha.
Art. 2° - Publíquese, comuníquese, y archívese.
Decreto N° 31.911/1948
Observa el P. E. el Proyecto de Ley 13.504
Buenos Aires, 14/10/48
POR CUANTO: El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina han sancionado bajo el número 13.504 el proyecto de ley modificando la ley de vialidad N° 11.658 y su complementaria N° 12.625.
Por las objeciones formuladas por el Señor Procurador del Tesoro, los fundamentos del Mensaje que se remite en la fecha al Honorable Congreso de la Nación y en ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo N° 72 de la Constitución Nacional.
El Presidente de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1° - Devuélvase al Honorable Congreso de la Nación, el Proyecto de Ley sancionado bajo el N° 13.504, con las objeciones contenidas en el Mensaje del día de la fecha.
Art. 2° - Publíquese, comuníquese, y archívese.
PERON
Ramón A. Cereijo.
Ramón A. Cereijo.