TRABAJO
LEY NRO. 25.877 - ARTICULO 6 - PRORROGASE VIGENCIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Ene-2006
Resumen:
PRORROGASE LA VIGENCIA DEL BENEFICIO INSTITUIDO POR EL ARTICULO 6º DE LA LEY NRO. 25.877 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2006, PARA AQUELLOS EMPLEADORES QUE PRODUZCAN UN INCREMENTO NETO EN SU NOMINA DE TRABAJADORES CONSISTENTE EN UNA REDUCCION DE SUS CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL.