IMPORTACIONES
ARANCELES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Nov-1983
Resumen:
ESTABLECESE UN TRATAMIENTO ARANCELARIO PREFERENCIAL PARA IMPORTACIONES DE PRODUCTOS ORIGINARIOS Y PROCEDENTES DE LAS REPUBLICAS DE BOLIVIA, FEDERATIVA DEL BRASIL, DEL ECUADOR, DEL PARAGUAY, ORIENTAL DEL URUGUAY Y DE VENEZUELA Y DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.