Decreto 297 / 2010
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
---|---|---|
Normativa / Número
Decreto DNU 298 / 2010
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 01-Mar-2010 |
Descripción
FONDO DEL DESENDEUDAMIENTO ARGENTINO - CREACIONCREASE EL FONDO DEL DESENDEUDAMIENTO ARGENTINO. CREASE, EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, LA COMISION BICAMERAL PERMANENTE DE SEGUIMIENTO DE LOS PAGOS DE LA DEUDA.
|
Normativa / Número
Resolución 104 / 2010
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS |
Fecha publicación 01-Mar-2010 |
Descripción
CUENTA PAGOS A ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES - EMISION DE UNA LETRA DEL TESORO NACIONALINSTRUYESE A LA SECRETARIA DE HACIENDA A LA APERTURA DE UNA CUENTA EN EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA DENOMINADA “PAGOS A ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES”. DISPONESE LA EMISION DE UNA LETRA DEL TESORO NACIONAL.
|
Normativa / Número
Decreto 276 / 2011
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 04-Mar-2011 |
Descripción
CANCELACION TOTALIDAD DE SERVICIOS DE DEUDAS CON ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES - DISPONESEDISPONESE LA CANCELACION DE LA TOTALIDAD DE LOS SERVICIOS DE DEUDAS CON ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES, CORRESPONDIENTES AL PRESENTE EJERCICIO FISCAL CON RESERVAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD.
|
Normativa / Número
Decreto 1311 / 2014
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 15-Ago-2014 |
Descripción
ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES Y DE DEUDA EXTERNA OFICIAL BILATERALDISPONESE LA CANCELACION DE LOS SERVICIOS DE DEUDA CON ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES Y DE DEUDA EXTERNA OFICIAL BILATERAL.
|
Normativa / Número
Decreto 1503 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 10-Ago-2015 |
Descripción
ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES Y DE DEUDA EXTERNA OFICIAL BILATERALDISPONESE LA CANCELACION DE LOS SERVICIOS DE DEUDA CON ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES Y DE DEUDA EXTERNA OFICIAL BILATERAL CORRESPONDIENTES AL PRESENTE EJERCICIO FISCAL CON RESERVAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD, EN LA MEDIDA QUE SE CUMPLA EL REQUISITO PREVISTO EN EL ARTICULO 6° DE LA LEY N° 23.928, MODIFICADO POR LA LEY N° 26.739, POR HASTA LA SUMA DE DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL (U$S 3.558.390.000).
|