SECRETARÍA GENERAL
Decreto 295/2016
Decreto N° 652/2013. Modificación.
Bs. As., 03/02/2016
VISTO, el Expediente CUDAP: N° S01: 0004753/2016, del Registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, los Decretos Nros., 648 del 26 de mayo de 2004 y modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 652 del 3 de junio de 2013, 255 del 24 de diciembre de 2015 y 227 del 20 de enero de 2016, y lo solicitado por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 se aprobaron los Presupuestos de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para los Ejercicios de los años 2015 y 2016, respectivamente.
Que el artículo 7° de las mencionadas Leyes se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de las citadas Leyes se dispuso que las facultades otorgadas por las mismas al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 648/04 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto N° 652 del 3 de junio de 2013, se dispuso entre otros extremos, la creación del cargo de Secretario Privado Administrativo en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de Secretario, estableciéndose sus funciones.
Que, asimismo, el Decreto N° 255/15 aprobó la nueva conformación organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN disponiendo la transferencia, con sus unidades organizativas dependientes, de la ex COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS TÉCNICOS Y POLÍTICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, actual COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES, de la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la transferencia del SECRETARIO PRIVADO ADMINISTRATIVO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita de la mencionada COORDINACIÓN DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que de una nueva ponderación efectuada a las competencias asignadas al referido cargo de Secretario Privado Administrativo, se considera oportuno modificar el rango y jerarquía que oportunamente le fuera asignado por el Decreto N° 652/13, asignándole al mismo una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que por el Decreto N° 227/16, se dispuso, entre otras cuestiones, que toda designación de personal, en las jurisdicciones y unidades organizativas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN serán efectuadas por el Presidente de la Nación.
Que la cobertura del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de los artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, y 2° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 652 del 3 de junio de 2013, por el siguiente “ARTICULO 2°.- Créase el cargo de Secretario Privado Administrativo, en el ámbito de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08”.
Art. 2° — Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2015, al Licenciado D. Darío Hugo NIETO (D.N.I. N° 31.438.263) como Secretario Privado Administrativo de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 20-01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
Decreto 295/2016
Decreto N° 652/2013. Modificación.
Bs. As., 03/02/2016
VISTO, el Expediente CUDAP: N° S01: 0004753/2016, del Registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, los Decretos Nros., 648 del 26 de mayo de 2004 y modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 652 del 3 de junio de 2013, 255 del 24 de diciembre de 2015 y 227 del 20 de enero de 2016, y lo solicitado por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 se aprobaron los Presupuestos de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para los Ejercicios de los años 2015 y 2016, respectivamente.
Que el artículo 7° de las mencionadas Leyes se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de las citadas Leyes se dispuso que las facultades otorgadas por las mismas al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 648/04 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto N° 652 del 3 de junio de 2013, se dispuso entre otros extremos, la creación del cargo de Secretario Privado Administrativo en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de Secretario, estableciéndose sus funciones.
Que, asimismo, el Decreto N° 255/15 aprobó la nueva conformación organizativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN disponiendo la transferencia, con sus unidades organizativas dependientes, de la ex COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS TÉCNICOS Y POLÍTICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, actual COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES, de la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la transferencia del SECRETARIO PRIVADO ADMINISTRATIVO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita de la mencionada COORDINACIÓN DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que de una nueva ponderación efectuada a las competencias asignadas al referido cargo de Secretario Privado Administrativo, se considera oportuno modificar el rango y jerarquía que oportunamente le fuera asignado por el Decreto N° 652/13, asignándole al mismo una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que por el Decreto N° 227/16, se dispuso, entre otras cuestiones, que toda designación de personal, en las jurisdicciones y unidades organizativas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN serán efectuadas por el Presidente de la Nación.
Que la cobertura del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de los artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, y 2° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 652 del 3 de junio de 2013, por el siguiente “ARTICULO 2°.- Créase el cargo de Secretario Privado Administrativo, en el ámbito de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08”.
Art. 2° — Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2015, al Licenciado D. Darío Hugo NIETO (D.N.I. N° 31.438.263) como Secretario Privado Administrativo de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 20-01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.