Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 295/2003

Modifícase el Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, Apartado XXI correspondiente a la citada Jurisdicción. Transfiérese la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del ámbito del Ministerio de Desarrollo Social al Ministerio de Salud.

Bs. As., 30/6/2003

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), sus modificatorios y complementarios, el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y el Decreto Nº 141 del 4 de junio de 2003 y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley citada en el Visto y sus modificatorios, se establecieron los ministerios que conforman la organización de la Administración Pública Nacional y sus competencias.

Que a través del Decreto Nº 141 del 4 de junio de 2003 se ampliaron las competencias del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DE SALUD, en función de las nuevas competencias asignadas.

Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del reordenamiento mencionado.

Que este reordenamiento requiere una nueva conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos propuestos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, -Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional, el Apartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo se acompaña.

Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios, — Objetivos—, el Apartado XXI correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — Transfiérese la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL al MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4º — La transferencia a que alude el artículo anterior comprenderá las unidades organizativas con sus respectivas competencias, cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes.

Art. 5º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995) y sus modificatorias.

Art. 6º — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Alicia M. Kirchner. — Ginés M. González García.

Planilla Anexa al Artículo 1º.

XXI.- MINISTERIO DE SALUD

-SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

-SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS.

-SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

-SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS

-SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION

-SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD

-SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Planilla Anexa al Artículo 2º.

XXI - MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de las políticas de recursos humanos, organización de sistemas administrativos e informáticos.

6. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.

7. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

8. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, y otros actos administrativos que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

9. Entender en el cotejo y certificación de las firmas de los funcionarios de la jurisdicción.

SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS

OBJETIVOS

1. Formular programas para la atención de la salud de la población comprendiendo la promoción y la protección de la salud, la prevención de las enfermedades, la asistencia, recuperación y rehabilitación de la salud.

2. Promover el desarrollo y realización de estudios epidemiológicos y definir las alternativas de solución para las patologías más significativas en el país, respondiendo con celeridad y eficiencia ante cualquier situación de emergencia sanitaria.

3. Desarrollar los programas de carácter nacional referentes a la prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción en el campo del uso indebido de drogas, en cooperación con Organizaciones no Gubernamentales, con el sector privado y de la seguridad social.

4. Entender en la provisión de medicamentos y reactivos de diagnóstico para pacientes sin cobertura de la seguridad social ni del sistema privado de salud, en patologías específicas.

5. Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y del adolescente.

6. Intervenir en casos de emergencias sanitarias que requieran el auxilio del Estado.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

OBJETIVOS

1. Formular, ejecutar y controlar los programas nacionales prioritarios encuadrados en las políticas específicas definidas.

2. Programar y coordinar las acciones relacionadas con el proceso de transformación del modelo de atención médica.

3. Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y adolescente.

4. Entender en la formulación, programación y coordinación de acciones en el primer nivel de atención.

5. Entender en la programación y dirección de los programas nacionales de vacunación y campañas de inmunización.

6. Promover la realización de programas de primer nivel de atención y coordinar las acciones correspondientes.

7. Formular, programar y coordinar las acciones vinculadas al Sistema de Vigilancia Epidemiológica, controlando, vigilando y notificando las enfermedades.

8. Intervenir en casos de emergencias sanitarias que requieran el auxilio del Estado.

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS

OBJETIVOS:

1. Asistir al Ministro de Salud en la gestión operativa e institucional, en la elaboración de políticas de salud, elaboración de normativas y en la planificación sanitaria.

2. Entender en la regulación y fiscalización sanitaria, en la elaboración, incorporación, registro y sistematización de normativas orientadas a la eficacia, efectividad, eficiencia y calidad de los Establecimientos y Servicios de Salud.

3. Intervenir en materia de Sistema de Obras Sociales y en todo lo que no se encuentre delegado expresamente en esta materia en otros organismos o dependencias.

4. Entender en la problemática, como asimismo, mantener y actualizar el registro y los controles sanitarios, relacionados con la infraestructura, equipamiento, aparatos, drogas, medicamentos y alimentos conforme a la normativa vigente.

5. Entender en la cooperación técnica, en los convenios sanitarios internacionales y en las relaciones con los organismos internacionales de salud.

6. Entender en la conducción de las actividades del Consejo Federal de Salud y en la coordinación de las Delegaciones Sanitarias Federales.

7. Propiciar la realización de convenios sanitarios binacionales, en el marco de las relaciones con los organismos internacionales de salud.

8. Entender en el fomento y promoción de las relaciones de intercambio de investigadores con instituciones científicas del país y del exterior.

9. Coordinar las acciones para el desarrollo de las organizaciones institucionales con organismos dependientes de los poderes Legislativo y Ejecutivo del ámbito Nacional, Provincial y Municipal y con instituciones públicas, privadas y organizaciones no gubernamentales del sector salud.

10. Coordinar las acciones vinculadas al Programa de Residencias Médicas y los aspectos vinculados a los Recursos Humanos en Salud.

SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION

OBJETIVOS:

1. Asistir en la planificación sanitaria global, realizar el control de gestión de planes, programas y proyectos, evaluando los resultados e impacto social de los mismos y brindar apoyatura técnica a las reuniones de Gabinete Ministerial.

2. Entender en las acciones destinadas a la promoción, desarrollo y evaluación de la calidad y gestión de los servicios brindados por el MINISTERIO DE SALUD.

3. Promover la elaboración, incorporación y sistematización de normativa orientada a mejorar la eficacia, eficiencia y calidad de los Establecimientos y Servicios de Salud.

4. Coordinar el desarrollo de políticas basadas en las nuevas tecnologías de la información.

5. Coordinar las acciones con las distintas jurisdicciones y con los organismos gubernamentales y no gubernamentales que corresponda en cada caso, tendientes a garantizar la excelencia en la formación de los recursos humanos del sector.

6. Promover la formación y capacitación de los recursos humanos del Sector Salud.

7. Promover mecanismos de concertación destinados a regular la oferta de profesionales de la salud.

8. Propender a la disminución de la morbi-mortalidad por factores de origen laboral, formulando políticas tendientes a promover y proteger la salud de los trabajadores en general y de la administración pública en particular.

9. Facilitar la articulación y armonización interjurisdiccional de los distintos marcos regulatorios del Sector Salud.

10. Desarrollar mecanismos adecuados de regulación y fiscalización de los recursos de salud a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente.

11. Colaborar con las distintas Jurisdicciones en la optimización de los instrumentos que aseguren el debido registro, control y fiscalización del ejercicio profesional y de los establecimientos asistenciales.

12. Coordinar y mantener todos los registros nacionales de naturaleza sanitaria destinados a unificar información que faciliten las distintas jurisdicciones.

13. Normatizar, coordinar y fiscalizar las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y terminales de transporte.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION EN SALUD

OBJETIVOS

1. Formular las acciones vinculadas a la planificación sanitaria global consensuando con los diversos actores sectoriales e interjurisdiccionales, evaluando los resultados y el impacto social de los mismos.

2. Coordinar las acciones para el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y del ámbito nacional, provincial y municipal, como así también con instituciones sectoriales del sector no gubernamental, de la seguridad social y privado.

3. Intervenir en la Cooperación Técnica, en los convenios sanitarios binacionales, en las relaciones con los organismos internacionales de salud y entender en la conducción de las actividades de la Secretaría del Consejo Federal de Salud y en la Coordinación de las Delegaciones Sanitarias Federales.

4. Coordinar la evaluación con las áreas competentes de las distintas jurisdicciones los aspectos normativos y operativos con el fin de mejorar la eficiencia de los programas.

5. Entender en la actualización de las Estadísticas de Salud y los estudios de recursos disponibles, oferta, demanda y necesidad, así como el diagnóstico de situación necesaria para la planificación estratégica del sector salud.

6. Desarrollar estudios e investigaciones en salud pública, economía de la salud y gestión descentralizada.

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en todo lo inherente a la preservación y protección ambiental, a la implementación del desarrollo sustentable, a la utilización racional y conservación de los recursos naturales, renovables y no renovables, tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCION NACIONAL.

2. Intervenir e integrar el Consejo Federal de Medio Ambiente, proporcionando los instrumentos administrativos necesarios para una adecuada gestión del organismo.

3. Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sustentable de los recursos naturales, renovables y no renovables.

4. Entender en la propuesta y elaboración de los regímenes normativos relativos a la calidad de los recursos ambientales, a la conservación y utilización de los recursos naturales, al desarrollo sustentable, al ordenamiento ambiental del territorio y a la calidad ambiental.

5. Entender en el ordenamiento ambiental del territorio y en la planificación de los diferentes aspectos de la gestión ambiental nacional y su impacto en la calidad de vida.

6. Entender en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la situación ambiental nacional y de los asentamientos humanos, en coordinación con organismos nacionales, provinciales y municipales.

7. Entender en la promoción del desarrollo sustentable y saneamiento integral de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales y su impacto en la salud humana.

8. Entender en el establecimiento de métodos tendientes a la evaluación y control de la calidad ambiental en los asentamientos humanos, así como en la formulación y aplicación de indicadores y pautas para verificar el uso sustentable de los recursos naturales.

9. Entender en la definición de políticas vinculadas con la información y cooperación internacional en el campo de la política ambiental y de desarrollo sustentable.

10. Promover la adquisición de conciencia y la difusión en la sociedad sobre los problemas ambientales del país.

11. Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de la biotecnología.

12. Entender en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollen.

13. Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sustentable.

14. Entender en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con los temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios internacionales en los asuntos propios de su área.

15. Conducir la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del área de su competencia, en coordinación con los demás organismos del estado para su implementación.

16. Entender en la gestión ambientalmente sustentable de los recursos hídricos, en coordinación con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

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