SEGURO COLECTIVO OBLIGATORIO DE VIDA
SEGURO OBLIGATORIO ESTABLECIDO POR LA LEY Nº 13.003 - ASEGURABLES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Sep-1947
Resumen:
A LOS EFECTOS DEL SEGURO OBLIGATORIO ESTABLECIDO POR LA LEY Nº 13.003, QUE SE REALIZARÁ POR INTERMEDIO DE LA CAJA NACIONAL DE AHORRO POSTAL, SE CONSIDERAN ASEGURABLES A TODOS LOS FUNCIONARIOS, EMPLEADOS Y OBREROS DE LOS PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL, INCLUSO LOS DE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, Y AL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, CUALQUIERA FUESE SU JERARQUÍA, QUE SE ENCUENTREN AL SERVICIO ACTIVO DE LA NACIÓN AL 1º DE SEPTIEMBRE DE 1947