IMPUESTOS
DETERMINAN PERIODOS FISCALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Ene-1991
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL PERIODO FISCAL PARA LA DETERMINACION Y PAGO DEL GRAVAMEN SERA EL MES CALENDARIO, Y LA LIQUIDACION QUE SE EFECTUE A TALES EFECTOS TENDRA EL CARACTER DE DECLARACION JURADA.