SERVICIO DE PRACTICAJE Y PILOTAJE
REGLAMENTO - APROBACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
31-Dic-1991
Resumen:
LOS PRACTICOS HABILITADOS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, PODRAN SER CONTRATADOS LIBREMENTE POR LOS USUARIOS PARA LA PRESTACION DE SUS SERVICIOS CON CARACTER DE PROFESIONALES INDEPENDIENTES, YA SEAN EN FORMA INDIVIDUAL O A TRAVES DE ASOCIACIONES O PERSONAS JURIDICAS REGISTRADAS EN LAS QUE SE NUCLEEN.