CONVENIOS
Decreto Nº 2.658/1980
Apruébase un convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Corrientes.
Bs. As., 24/12/80
VISTO el Expediente Nº 780.029/80 del registro de la Secretaría de Estado de Energía, por el que se solicita la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional del Convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Corrientes, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980, se aprobó lo resuelto por la Resolución Conjunta del Ministerio del Interior y el Ministerio de Economía Números 9 y 1.332, respectivamente, de fecha 3 de diciembre de 1979 relacionada con la transferencia de servicios que presta Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado a las Provincias, en las condiciones prescriptas por la Ley Nº 18.586.
Que por el artículo 2º de la Ley número 18.586, la transferencia se concretaría mediante Convenios a celebrarse con cada Provincia, ad-referendum del Poder Ejecutivo Nacional.
Que el Convenio, se apoya en las previsiones de las citadas disposiciones legales.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébase el Convenio de fecha 10 de julio de 1980 celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Corrientes que forma parte integrante del presente decreto, por el cual se acuerda transferir a esta última, servicios eléctricos de la referida Sociedad, existentes dentro de los límites provinciales, de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 18.586 y el artículo 2º del Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
Nota: Este Decreto se publica sin anexo.
Decreto Nº 2.658/1980
Apruébase un convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Corrientes.
Bs. As., 24/12/80
VISTO el Expediente Nº 780.029/80 del registro de la Secretaría de Estado de Energía, por el que se solicita la ratificación del Poder Ejecutivo Nacional del Convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Corrientes, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980, se aprobó lo resuelto por la Resolución Conjunta del Ministerio del Interior y el Ministerio de Economía Números 9 y 1.332, respectivamente, de fecha 3 de diciembre de 1979 relacionada con la transferencia de servicios que presta Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado a las Provincias, en las condiciones prescriptas por la Ley Nº 18.586.
Que por el artículo 2º de la Ley número 18.586, la transferencia se concretaría mediante Convenios a celebrarse con cada Provincia, ad-referendum del Poder Ejecutivo Nacional.
Que el Convenio, se apoya en las previsiones de las citadas disposiciones legales.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Apruébase el Convenio de fecha 10 de julio de 1980 celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y la Provincia de Corrientes que forma parte integrante del presente decreto, por el cual se acuerda transferir a esta última, servicios eléctricos de la referida Sociedad, existentes dentro de los límites provinciales, de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 18.586 y el artículo 2º del Decreto Nº 258 de fecha 31 de enero de 1980.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
VIDELA
Albano E. Harguindeguy
José A. Martinez de Hoz
Albano E. Harguindeguy
José A. Martinez de Hoz
Nota: Este Decreto se publica sin anexo.