RADIODIFUSION
LEY 22285 - MODIFICACION
Resumen:
MODIFICACION DEL APARTADO 3 DEL INCISO A) DEL ARTICULO 33 DE LA LEY NRO. 22.285, CON LA FINALIDAD DE HACER MAS EFICIENTE LA ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO Y GARANTIZAR A LA POBLACION UNA MAYOR OFERTA DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE RADIODIFUSION
Observaciones:
SE DECLARA VALIDO POR RESOLUCION S/N DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION. B.O. 27/07/2007. SE DECLARA VALIDO POR RESOLUCION S/N DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION. B.O. 10/10/2007. ABROGADO POR EL ARTICULO 164 DE LA LEY 26.522 DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, B.O. 10/10/2009, PAGINA 1. VIGENCIA: VER ARTICULO 156 DE LA LEY PRECEDENTEMENTE CITADA.