Presidencia de la Nación

Decreto 230 / 1987

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Disposición 4 / 2014

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Fecha publicación 07-Mar-2014 Descripción
BUQUES DE BANDERA ARGENTINA O EXTRANJERA

LOS BUQUES DE BANDERA ARGENTINA O EXTRANJERA EN AGUAS DE JURISDICCION NACIONAL, DE CUALQUIER TIPO Y DE 150 O MAS TONELADAS DE ARQUEO (ACORDE SU CERTIFICADO DE ARQUEO), COLOCARAN BARRERAS FLOTANTES PARA CONTENCION DE DERRAMES CUANDO REALICEN OPERACIONES DE CARGA O DESCARGA A GRANEL DE HIDROCARBUROS PERSISTENTES(1) DE ORIGEN MINERAL U ORGANICO, O SUS MEZCLAS, EN LOS PUERTOS, TERMINALES, PLATAFORMAS, MONOBOYAS, O EN ZONAS DE PROTECCION ESPECIAL.

Normativa / Número Resolución 206 / 2021

ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO

Fecha publicación 23-Dic-2021 Descripción
BUQUES Y/O ARTEFACTOS NAVALES - ESTABLECESE OBLIGATORIEDAD

ESTABLECESE LA OBLIGATORIEDAD, PARA LOS BUQUES Y/O ARTEFACTOS NAVALES QUE AMARREN A UN MUELLE EN JURISDICCION DE ESTA ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO - CUALQUIERA SEA SU MATRICULA, TONELAJE DE ARQUEO Y CLASIFICACION -, DE COLOCAR Y MANTENER ALREDEDOR DE LOS MISMOS, CORRECTAMENTE POSICIONADAS, BARRERAS FLOTANTES APTAS PARA LA CONTENCION DE DERRAMES EN EL ESPEJO DE AGUA PORTUARIO, DE HIDROCARBUROS Y/O PRODUCTOS CONTAMINANTES Y/O SUSTANCIAS NOCIVAS PARA EL AMBIENTE, DURANTE LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA DE COMBUSTIBLE Y SUS DERIVADOS QUE REALICEN Y DURANTE LAS OPERACIONES DE RETIRO DE AGUAS CONTAMINADAS QUE LLEVEN A CABO.

Volver
Scroll hacia arriba