ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
Decreto 2297/2002
Instruméntase la incorporación de un representante de las asociaciones de usuarios que se encuentren reconocidas ante el referido Organo Regulador, en el seno de la Comisión de Renegociación creada por el Decreto N° 1535/2002.
Bs. As., 12/11/2002
VISTO el Decreto N° 1535/02 y su modificatorio N° 1622/02, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto citado en primer término se constituyó la Comisión a los efectos de llevar a cabo la renegociación del Contrato de Concesión celebrado entre el Estado Nacional y el consorcio "Aeropuertos Argentina 2000 S.A." aprobado por Decreto N° 163/ 98.
Que dicha Comisión se encuentra integrada por UN (1) representante de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, UN (1) representante de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, UN (1) representante de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION y UN (1) representante del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
Que tal como se desprende de los fundamentos del aludido Decreto N° 1535/02, la participación que a los usuarios les acuerda el artículo 42 de la Constitución de la Nación Argentina, quedó garantizada en el proceso de renegociación que nos ocupa, con la participación en la citada Comisión del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en el cual están representados los mencionados usuarios.
Que no obstante ello, la Sala IV de la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en los autos caratulados: "ASOCIACION CIVIL DE DEFENSA PAUT C/ ORSNA S/INC. MEDIDA CAUTELAR - DTO. 163/98", resolvió que no se continúe con la tramitación de la renegociación del contrato de concesión celebrado por el Estado Nacional con Aeropuertos Argentina 2000 S.A. aprobado por Decreto N° 163/98 hasta tanto se asegure la debida participación de los usuarios del servicio de aerotransporte.
Que en virtud de dicho pronunciamiento, resulta menester instrumentar la incorporación de un representante de las asociaciones de consumidores y usuarios que se encuentren reconocidas ante el referido Organo Regulador, en el seno de la citada Comisión, aclarando de esta forma cualquier duda que pueda generarse sobre el particular.
Que teniendo en cuenta que el procedimiento licitatorio que culminó con la suscripción del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 163/98, tramitó en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, corresponde que el Jefe de Gabinete de Ministros efectúe la pertinente designación.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades previstas por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución de la Nación Argentina.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Las asociaciones de usuarios que se encuentren reconocidas ante el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y que conforman su Consejo Asesor, integrarán la Comisión de Renegociación creada por el Decreto N° 1535/02 a través de UN (1) representante que será designado por el Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta del Presidente del referido Organismo Regulador.
El representante aludido precedentemente tendrá plena participación en el proceso de renegociación del Contrato de Concesión aprobado por el Decreto N° 163/98.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna.