FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS
JURISDICCION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Mar-2005
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL MENCIONADO FONDO, CREADO POR LA LEY NRO. 25.765, FUNCIONARA EN JURISDICCION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SERA DESTINADO A ABONAR UNA COMPENSACION DINERARIA A AQUELLAS PERSONAS QUE, SIN HABER INTERVENIDO EN EL DELITO, BRINDEN DATOS UTILES PARA LOGRAR LA LIBERTAD DE LA VICTIMA O LA APREHENSION DE QUIENES HUBIESEN TOMADO PARTE EN LA EJECUCION DE LOS DELITOS DE PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD CALIFICADA, SECUESTRO EXTORSIVO, SUSTRACCION DE MENORES, VIOLACION, ROBO A ENTIDADES BANCARIAS Y EN EL ENCUBRIMIENTO DE LOS MISMOS.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY 26.538, B.O. 27/11/2009, PAGINA 10.