Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO

Decreto 2192/2009

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la Unidad Ministro y de la Subsecretaría de Coordinación.

Bs. As., 28/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0407629/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, los Decretos Nros. 1365 y 1366, ambos del 1 de octubre de 2009, 1458 del 8 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1365 del 1 de octubre de 2009 se creó el MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que a través del Decreto Nº 1366 del 1 de octubre de 2009, modificatorio del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, entre otros, estableciéndose las competencias de sus niveles políticos.

Que, por tal motivo, resulta procedente aprobar la estructura organizativa de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, de la mencionada Cartera de Estado, ajustada a criterios de racionalidad y eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que por el Decreto Nº 1458 del 8 de octubre de 2009 se sustituyó la denominación del MINISTERIO DE INDUSTRIA por la de MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, debiendo considerarse modificada tal denominación cada vez que se hace referencia a la Cartera Ministerial citada en primer término.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que, asimismo, se expidió favorablemente la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º del Decreto Nº 1366/09 y sus modificaciones.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION dependientes del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos la, lb y II, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — Dentro de los SESENTA (60) días de aprobada la presente medida, el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, deberá elaborar la estructura organizativa de las aperturas inferiores de las áreas que se aprueban por el presente decreto, la que deberá prever como máximo DOCE (12) cargos de conducción.

Art. 3º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo —Dotación— correspondiente a la estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerial, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.

ANEXO Ia

(Anexo sustituido por art. 2° del Decreto N° 2222/2012 B.O. 21/11/2012)

ANEXO Ib

ANEXO II

MINISTERIO DE INDUSTRIA

(Nota Infoleg: Ex-Ministerio de Industria y Turismo actual Ministerio de Industria)

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la Jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1.- Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría Interna.

2.- Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.

3.- Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.

4.- Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.

5.- Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.

6.- Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.

7.- Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.

8.- Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

9.- Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

10.- Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

11.- Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

12.- Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

13.- Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

MINISTERIO DE INDUSTRIA

UNIDAD MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DE APOYO AL JOVEN EMPRESARIO

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 2222/2012 B.O. 21/11/2012)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Promover e impulsar herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras con el objeto de fomentar y afianzar, en el marco del Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven, iniciativas tendientes a la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales, competitivas, innovadoras, sustentables en el tiempo, generadoras de valor y de empleo.

ACCIONES:

1. Asistir a la señora Ministra de Industria, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.872, en todas aquellas acciones relativas a fomentar el espíritu emprendedor en la juventud, promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales.

2. Brindar y promover las herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras, con que cuenta el Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven, con el objeto de apoyar a aquellos jóvenes que impulsen la creación y el desarrollo de emprendimientos empresariales e industriales que produzcan una mejora en la productividad, en la innovación y en la generación de empleo, con mayor valor agregado e impacto social.

3. Incentivar y asistir en el diseño y ejecución de proyectos emprendedores, ideados por la juventud empresaria en el ámbito de su competencia.

4. Elaborar y producir material (de publicación e informático) que permita difundir las herramientas de promoción y desarrollo del empresariado joven, ofrecidas por el MINISTERIO DE INDUSTRIA.

5. Promover la inserción de bienes, y servicios industriales, elaborados o prestados por la juventud emprendedora, en mercados locales, nacionales e internacionales.

6. Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL, entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas.

7. Promover y participar en la celebración de convenios con entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, universidades y empresas, en el marco de sus competencias.

8. Elaborar diagnósticos básicos e investigaciones aplicadas sobre el comportamiento de los emprendimientos desarrollados en el ámbito de su competencia, en el marco de las herramientas brindadas por el MINISTERIO DE INDUSTRIA, y contemplando variables demográficas, sobre particularidades sociales, sectoriales, económicas y regionales.

9. Determinar los modelos de evaluación del cumplimiento de los objetivos y cursos de acción establecidos en los programas y proyectos que se implementan en materia de promoción del empresariado joven e intervenir en el seguimiento de los mismos.

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las acciones necesarias para potenciar y fortalecer alianzas con los actores locales en el Proceso Productivo-Industrial local actuando en coordinación con los Gobiernos Provinciales y Municipales.

OBJETIVOS

1.- Promover alianzas estratégicas con actores gubernamentales de nivel nacional, regional y local para el impulso del desarrollo industrial, a través de la ampliación y diversificación de las industrias.

2.- Generar las acciones necesarias de apoyo del crecimiento de industrias incipientes, en coordinación con las áreas competentes, respecto de los gobiernos provinciales y municipales.

3.- Planificar las acciones tendientes a incentivar las actividades de investigación científicotécnicas destinadas al fortalecimiento y desarrollo de las industrias, en coordinación con las áreas competentes, respecto de los gobiernos provinciales y municipales.

4.- Implementar acciones de capacitación y promover convenios con Universidades Nacionales en coordinación con los gobiernos provinciales y municipales para actores locales en la utilización de las nuevas tecnologías aplicables a los productos y procesos.

5.- Asesorar a los equipos políticos y técnicos de los gobiernos provinciales y municipales para la creación de instrumentos técnicos administrativos que colaboren en el fomento de la actividad industrial.

6.- Desarrollar, implementar y gestionar bases de datos vinculadas con la información del potencial productivo y de oferta de bienes, servicios e instrumentos de apoyo a las provincias y los municipios.

7.- Fomentar las actividades de comunicación interinstitucional destinadas a la promoción, integración y visibilidad de los procesos productivos de las provincias y municipios.

8.- Implementar acciones para facilitar y difundir información a los gobiernos provinciales y municipales a fin de optimizar la implementación de los planes, programas y regímenes del Ministerio.

9.- Asistir técnicamente en el análisis, evaluación, formulación y planificación de proyectos de conformación y desarrollo de parques industriales provinciales y municipales.

10.- Intervenir en la definición de políticas destinadas a agrupamientos industriales, el diseño, y el financiamiento para el impulso de los mismos en acuerdos con las Provincias y Municipios.

11.- Asesorar en la promoción del intercambio, complementación y asociación de los actores locales en materia de las áreas de su competencia.

12.- Facilitar la creación de vínculos entre actores de los gobiernos provinciales y municipales con Organismos Multilaterales y actores de sectores industriales a nivel internacional en los aspectos vinculados con la industria a fin de generar inversiones.

UNIDAD MINISTRO

DIRECCION DE PRENSA Y DIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las relaciones con la prensa y los medios de comunicación, coordinando la centralización y dirigiendo la difusión, para asegurar un adecuado conocimiento de las actividades del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

ACCIONES

1.- Coordinar la centralización y suministrar a todos los medios de difusión nacionales y extranjeros la información producida por el Ministerio y demás organismos que lo integran.

2.- Coordinar y organizar las conferencias de prensa del Ministro, preparando el material informativo necesario para el caso.

3.- Confeccionar publicaciones destinadas a difundir las actividades del Ministerio.

4.- Mantener relaciones con los distintos Ministerios y Secretarías a efectos de obtener y suministrar información complementaria.

5.- Efectuar el seguimiento de informaciones públicas sobre temas de permanente actualidad.

6,- Mantener informado al Ministro y demás autoridades superiores del Ministerio, respecto de las noticias que tuvieren vinculación con las actividades que se desarrollan en esta jurisdicción.

7.- Ofrecer noticias y comunicados vinculados con la actividad del Ministerio, en coordinación con el área de prensa de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

UNIDAD MINISTRO

DEPARTAMENTO SECRETARIA PRIVADA Y CEREMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Ministro de Industria y Turismo en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.

Asistir al Ministro de Industria y Turismo en todo lo concerniente a ceremonial y protocolo, requiriendo de las dependencias de la Jurisdicción, o en su caso de otros organismos, la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro del Departamento Secretaría Privada y Ceremonial.

ACCIONES

1.- Coordinar y mantener actualizada la agenda del Ministro de Industria y Turismo.

2.- Mantener actualizado el Registro de Audiencias de Gestión de Intereses del Ministro, de conformidad con lo establecido en el Anexo III del Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003.

3.- Asistir al Ministro en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.

4.- Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro del Departamento Secretaría Privada y Ceremonial.

5.- Organizar y mantener un sistema de información y archivo de documentación relativa a las solicitudes de audiencias recibidas y trámites administrativos que se originen en la correspondencia enviada al Ministro de Industria y Turismo.

6.- Monitorear el desarrollo y conclusión de los trámites originados por el área o que estén relacionados con cuestiones relativas a la Unidad Ministro.

7.- Efectuar el análisis y derivación a los organismos competentes de aquellas solicitudes cuyos temas no hicieran necesaria la intervención directa del Ministro de Industria y Turismo.

8.- Intervenir en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o reunión a la que asista el Ministro.

9.- Entender en temas propios a las actividades protocolares de concertación, preparación y atención que involucren la recepción de visitas extranjeras, ya sea de delegaciones oficiales o del sector privado.

10.- Coordinar con las distintas áreas con competencia en la materia, la participación del Ministro en actos y ceremonias oficiales o públicas.

11.- Efectuar lo vinculado a los aspectos de su competencia en los viajes que realice el Ministro al interior o al exterior del país.

12.- Asistir, en los casos que le sea requerido, a los funcionarios del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, en temas relativos al ceremonial y protocolo.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Substanciar todo lo vinculado con los sumarios administrativos e informaciones sumarias que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial.

ACCIONES

1.- Instruir los sumarios e informaciones sumarias con el objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria —exista o no perjuicio fiscal— de los agentes de la jurisdicción alcanzados por las prescripciones del Reglamento de Investigaciones Administrativas vigente y normas concordantes, reglamentarias, complementarias y modificatorias.

2.- Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en que se advierta la existencia de hechos que en principio, revistieren las características externas de delitos de acción pública.

3.- Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

4.- Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.

5.- Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE INFORMATICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Organismo, asegurando la eficiente utilización de los sistemas y herramientas informáticas de la Jurisdicción.

ACCIONES

1.- Proponer las políticas de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas, en la Jurisdicción.

2.- Entender en la formulación, implementación y seguimiento de dichas políticas con la participación de los organismos descentralizados de la Jurisdicción, conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.

3.- Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del organismo.

4.- Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.

5.- Articular las relaciones con los organismos descentralizados de la Jurisdicción en los temas de su competencia.

6.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

7.- Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

8.- Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones del Organismo.

9.- Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Organismo.

10.- Participar en las actividades del Foro de Responsables de Informática de las jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, coordinando con las áreas competentes en la materia, a los fines de potenciar los distintos esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la Información y las comunicaciones aplicadas a la gestión pública.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE FONDOS DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Integrar, en el marco de los planes de la Jurisdicción, el funcionamiento técnico-administrativo de aquellos programas con financiamiento internacional, realizando las gestiones, evaluaciones y controles pertinentes para el cumplimiento de los objetivos propuestos.

ACCIONES

1.- Informar sobre el grado de cumplimiento de las metas presupuestarias y físicas de los compromisos internacionales adquiridos a fin de determinar los procedimientos a seguir por el Ministerio.

2.- Participar en la evaluación de viabilidad económica y financiera de los programas con financiamiento internacional propios del Ministerio, así como los acordados con terceros organismos.

3.- Asistir a la Dirección General de Recursos Humanos y Organización en lo concerniente a la selección de las contrataciones de locación de servicios, obras y otras contrataciones, necesarias para el cumplimiento de las misiones encomendadas a las unidades ejecutoras.

4.- Asistir a la Dirección General de Administración, en articulación con las unidades ejecutoras, en la confección y revisión del presupuesto anual de las mismas.

5.- Supervisar, controlar y evaluar la ejecución presupuestaria de los programas con financiamiento externo, en estrecha colaboración con las áreas técnicas con competencia en la materia, manteniendo y actualizando una base de datos selectiva del estado de ejecución de los fondos asignados.

6.- Definir los criterios técnicos para la distribución de los recursos asignados.

7.- Gestionar y conservar la documentación requerida por los organismos otorgadores de crédito.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la Jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación económica y en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos.

Actuar como servicio jurídico ministerial en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado y representar al MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.

ACCIONES

1.- Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan a la consideración del Ministerio, sus Secretarías y Subsecretarías.

2.- Disponer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, deba intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.

3.- Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción ministerial.

4.- Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

5.- Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.

6.- Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales.

7.- Representar al MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO ante otras autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.

8.- Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.

9.- Intervenir y asesorar al Subsecretario de Coordinación en las actividades prejudiciales, tendientes al recupero de créditos a favor del Tesoro Nacional en el ámbito de la Jurisdicción.

10.- Entender en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con las actividades sustantivas de la Jurisdicción.

11.- Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento, suministros e informática.

ACCIONES

1.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y gastos.

2.- Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.

3.- Asistir al Subsecretario de Coordinación en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.

4.- Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del Estado, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos vinculados a los temas de su competencia, celebrados o a celebrarse.

5.- Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la Jurisdicción.

6.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.

7.- Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.

8.- Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

9.- Supervisar y coordinar el funcionamiento del servicio de informática.

10.- Asistir al Subsecretario de Coordinación en la administración de los espacios físicos de la Jurisdicción.

11.- Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la fiscalización y coordinación de la información, relacionada con los temas de su competencia, que provenga de las entidades descentralizadas dependientes de la Jurisdicción.

12.- Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la Jurisdicción.

Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

ACCIONES

1.- Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la aplicación del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) en materia de búsqueda, selección, integración, desempeño y capacitación; monitoreando el estado de avance de la carrera administrativa del personal y proponiendo las medidas correctivas pertinentes.

2.- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

3.- Ejercer la coordinación técnica jurisdiccional y actualización del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

4.- Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional; elaborando y proponiendo las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan.

5.- Entender en la actualización permanente del Legajo Personal Unico, control de asistencia y certificaciones del personal del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y los organismos dependientes.

6.- Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de desempeño asistiendo a las autoridades intervinientes y a los Comités de Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.

7.- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la Jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

8.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo.

9.- Proponer las normas de administración interna de personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes.

10.- Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

11.- Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.

12.- Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.

13.- Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

14.- Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la fiscalización y coordinación de la información, relacionada con los temas de su competencia, que provenga de las entidades descentralizadas dependientes de la Jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y la proveniente de otras jurisdicciones ministeriales, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACION, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y organismos descentralizados o dirigida a los mismos; recibir y despachar la documentación de particulares, efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la Jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos.

ACCIONES

1.- Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y comunicación de expedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones, disposiciones y demás actos administrativos, así como toda la documentación destinada al Ministro.

2.- Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.

3.- Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al Subsecretario de Coordinación cuando éste lo requiera.

4.- Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones del Ministro y Secretarios, disposiciones de los Subsecretarios y demás actos administrativos.

5.- Coordinar el registro y guarda de los expedientes y resoluciones del Ministro, Secretarios, disposiciones de los Subsecretarios y demás actos administrativos, así como proceder a la protocolización de las resoluciones y disposiciones indicadas.

6.- Otorgar vistas y llevar a cabo el contralor de las notificaciones producidas por la Jurisdicción.

7.- Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión administrativa de los trámites para información del Ministro y Secretarios Ministeriales.

8.- Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.

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