SEGURIDAD SOCIAL
OTORGASE SUBSIDIO EXTRAORDINARIO
Resumen:
OTORGASE UN SUBSIDIO EXTRAORDINARIO POR UN MONTO MAXIMO DE PESOS DOCE MIL ($12.000) QUE SE ABONARA EN EL MES DE MAYO DE 2022. EL MISMO SERA LIQUIDADO, POR TITULAR, EN LAS CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN EN EL ARTICULO 2° DEL PRESENTE DECRETO, A: A. LOS BENEFICIARIOS Y LAS BENEFICIARIAS DE LAS PRESTACIONES PREVISIONALES DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) A QUE REFIERE LA LEY N° 24.241, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS. B. LOS BENEFICIARIOS Y LAS BENEFICIARIAS DE LA PENSION UNIVERSAL PARA EL ADULTO MAYOR, INSTITUIDA POR EL ARTICULO 13 DE LA LEY Nº 27.260 Y SUS MODIFICATORIAS. C. LOS BENEFICIARIOS Y LAS BENEFICIARIAS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS POR VEJEZ, INVALIDEZ, MADRES DE SIETE (7) HIJOS O HIJAS O MAS Y DEMAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS Y PENSIONES GRACIABLES CUYO PAGO SE ENCUENTRA A CARGO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).