DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 200/1979
Bs. As., 26/1/1979
VISTO el Acta Nro 69 del 26 de julio de 1978 de la Junta Militar, las facultades acordadas al Comité Militar y lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nro 16.970, y
CONSIDERANDO:
Que han perdido vigencia las razones que determinaron la sanción de los Decretos “S” Números 3044/78 y 3045/78, atento el desarrollo de la situación en el marco regional.
Que en consecuencia se hace necesario dejar sin efecto la creación de los Teatro de Operaciones y Zonas creadas por los citados decretos y derogar en su consecuencia, los mismos.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Déjase sin efecto la creación de los Teatro de Operaciones Noroeste (TONO), Teatro de Operaciones Sud (TOS), Seguridad Estratégica del Noreste (SENE) y Area Naval Estratégica Austral (ANEA) y las designaciones de sus respectivos Comandantes, dispuestas por el decreto Nro 3044/78 “S”.
Art. 2° — Déjase sin efecto la creación de las Zonas, Reserva Estratégica Militar, Comando Aéreo Estratégico y de Defensa Aérea y las designaciones de sus respectivos Comandantes, dispuestas por decreto Nro 3045/78 “S”.
Art. 3° — Deróganse los Decretos “S” Números 3044/78 y 3045/78.
Art. 4° — Los gastos que demande el presente decreto serán atendidos con los créditos asignados a los Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas, ya sea con sus presupuestos de carácter “O” —Administración Central— o de las respectivas Cuentas Especiales que para el cumplimiento de la Ley “S” Nro 18.302 tienen habilitadas.
Art. 5° — Comuníquese y ARCHIVESE. — VIDELA.
Decreto S 200/1979
Bs. As., 26/1/1979
VISTO el Acta Nro 69 del 26 de julio de 1978 de la Junta Militar, las facultades acordadas al Comité Militar y lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nro 16.970, y
CONSIDERANDO:
Que han perdido vigencia las razones que determinaron la sanción de los Decretos “S” Números 3044/78 y 3045/78, atento el desarrollo de la situación en el marco regional.
Que en consecuencia se hace necesario dejar sin efecto la creación de los Teatro de Operaciones y Zonas creadas por los citados decretos y derogar en su consecuencia, los mismos.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Déjase sin efecto la creación de los Teatro de Operaciones Noroeste (TONO), Teatro de Operaciones Sud (TOS), Seguridad Estratégica del Noreste (SENE) y Area Naval Estratégica Austral (ANEA) y las designaciones de sus respectivos Comandantes, dispuestas por el decreto Nro 3044/78 “S”.
Art. 2° — Déjase sin efecto la creación de las Zonas, Reserva Estratégica Militar, Comando Aéreo Estratégico y de Defensa Aérea y las designaciones de sus respectivos Comandantes, dispuestas por decreto Nro 3045/78 “S”.
Art. 3° — Deróganse los Decretos “S” Números 3044/78 y 3045/78.
Art. 4° — Los gastos que demande el presente decreto serán atendidos con los créditos asignados a los Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas, ya sea con sus presupuestos de carácter “O” —Administración Central— o de las respectivas Cuentas Especiales que para el cumplimiento de la Ley “S” Nro 18.302 tienen habilitadas.
Art. 5° — Comuníquese y ARCHIVESE. — VIDELA.