Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Decreto 195/2020

DCTO-2020-195-APN-PTE - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-03388160-APN-DNO#JGM, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 362 del 16 de febrero de 2016, N° 262 de fecha 28 de marzo de 2018 y sus modificatorios, Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, Nº 50 del 19 de diciembre de 2020 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 295 de fecha 9 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 7/19 se modificó la Ley de Ministerios, incorporándose la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA como Secretaría de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y se establecieron las atribuciones del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Que por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA y a la SECRETARÍA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus objetivos.

Que por el Decreto N° 262/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que incluía la entonces SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL.

Que por la Decisión Administrativa N° 295/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en atención a las modificaciones introducidas por el citado Decreto N° 50/19 y la aprobación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que se efectúa por la presente medida resulta necesario efectuar la pertinente adecuación del Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que por el artículo 2° del Decreto N° 362/16 se creó, con dependencia directa de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Coordinador de la Unidad de Comunicación Presidencial, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que actuaría como vocero presidencial; y que fue transferido por el artículo 14 del Decreto N° 262/18 a la órbita de la entonces SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que en atención a las competencias asignadas a la mencionada SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA resulta menester la derogación del citado cargo extraescalafonario.

Que las necesidades y criterios de gestión de la citada Secretaría tornan necesaria la creación de los cargos extraescalafonarios de Jefe de la Unidad Gabinete de Asesores y de Jefe de la Unidad de Coordinación Ejecutiva, para coordinar aspectos de eficacia y ordenamiento de la gestión.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos I (IF-2020-12038801-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2020-12039938-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como Anexos III (IF-2020-12041711-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2020-12043178-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2020-12045947-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas, con las acciones y suplementos vigentes.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase al Titular de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a modificar la estructura aprobada por el artículo 2º del presente decreto, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 6º.- Derógase el cargo extraescalafonario de Coordinador de la Unidad de Comunicación Presidencial, creado por el Decreto Nº 362/16 con rango y jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 7º.- Créase el cargo extraescalafonario de Jefe de la Unidad de Gabinete de Asesores, dependiente de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario, cuyas funciones se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2020-12049472-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 8º.- Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en el cargo extraescalafonario de Jefe de la Unidad de Gabinete de Asesores de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al doctor Patricio de Dios TASSARA (D.N.I. Nº 27.286.762).

ARTÍCULO 9º.- (Artículo derogado por art. 5° del Decreto N° 303/2024 B.O. 10/4/2024)

ARTÍCULO 10.- Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en el cargo extraescalafonario de Jefa de la Unidad de Coordinación Ejecutiva, dependiente de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la señora Cecilia Soledad BALIANI (D.N.I. Nº 29.001.577).

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01 – SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/03/2020 N° 10960/20 v. 02/03/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI,)

(Anexo VII derogado por art. 5° del Decreto N° 303/2024 B.O. 10/4/2024)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
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