MINISTERIO DEL INTERIOR
LEY N° 4.097 - SU PROMULGACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
16-Ago-1902
Resumen:
TENGASE POR LEY DE LA NACION, CUMPLASE, COMUNICASE, PUBLICASE, INSERTESE EN EL REGISTRO NACIONAL Y AVISESE EN RESPUESTA.