DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1844/1976
Bs. As., 31/8/1976
VISTO lo dispuesto por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional y,
CONSIDERANDO:
Que por la naturaleza de las funciones impuestas a los integrantes de la Junta Militar, los mismos deben atender el ceremonial que el cumplimiento de las misiones emanadas del citado Estatuto, Constitución Nacional y/o Leyes especiales, les encomienden.
Que en consecuencia es necesario implementar las normas que permitan proceder a una correcta aplicación de esas medidas en dicho ámbito.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Inclúyese en los alcances del artículo 4° del Decreto N° 1.343/74 y en nivel similar al de Secretario de Estado a los Comandantes Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Art. 2° — Las erogaciones que resulten de su aplicación serán atendidas con partidas de las respectivas Jurisdicciones.
Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
Decreto S 1844/1976
Bs. As., 31/8/1976
VISTO lo dispuesto por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional y,
CONSIDERANDO:
Que por la naturaleza de las funciones impuestas a los integrantes de la Junta Militar, los mismos deben atender el ceremonial que el cumplimiento de las misiones emanadas del citado Estatuto, Constitución Nacional y/o Leyes especiales, les encomienden.
Que en consecuencia es necesario implementar las normas que permitan proceder a una correcta aplicación de esas medidas en dicho ámbito.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Inclúyese en los alcances del artículo 4° del Decreto N° 1.343/74 y en nivel similar al de Secretario de Estado a los Comandantes Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Art. 2° — Las erogaciones que resulten de su aplicación serán atendidas con partidas de las respectivas Jurisdicciones.
Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.