MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
BENEFICIOS DECRETO 1840/86 - INCLUYESE FUNCIONARIO
Resumen:
INCLUYESE CON CARACTER DE EXCEPCION Y MIENTRAS SU RESIDENCIA PERMANENTE SE ENCUENTRE A UNA DISTANCIA SUPERIOR A LOS CIEN KILOMETROS (100 KM.) DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, DENTRO DE LAS PREVISIONES DEL DECRETO Nº 1.840 DE FECHA 10 DE OCTUBRE DE 1986, SUS MODIFICATORIOS Y COMPLEMENTARIOS, AL DIRECTOR DE ADMINISTRACION PESQUERA DEPENDIENTE DE LA DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA DE LA SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, SEÑOR D. JUAN JOSE BUONO (M.I. Nº 8.708.745), A PARTIR DEL PRIMER DIA DEL MES SIGUIENTE AL DE LA FECHA DE DICTADO DEL PRESENTE DECRETO.