Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decreto 181/2015

Designaciones en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

Bs. As., 21/12/2015

VISTO el Expediente N° S01:0352589/2015 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 17.622 y su modificatoria, los Decretos Nros. 3.110 de fecha 30 de diciembre de 1970 y sus modificatorios y 927 de fecha 21 de julio de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que a partir de la intervención del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS ocurrida en enero de 2007, su funcionamiento anómalo afectó el desempeño, restringiendo la posibilidad de elaborar, ejecutar y evaluar políticas públicas en el vasto campo de las actividades sociales y económicas de la Nación.

Que ese desempeño del Sistema Estadístico Nacional (SEN) también viene afectando a las actividades particulares, privándolas de la posibilidad de programar, con bases relativamente ciertas, sus propios negocios y distorsionando la percepción de la opinión pública en temas sensibles que hacen a los proyectos de vida de cada persona y de cada familia.

Que son esas las razones que imponen la imperiosa necesidad de normalizar el Sistema Estadístico Nacional, comenzando por establecer la situación actual de su órgano rector, el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, y proceder a su ordenamiento interno a fin de contar, a la mayor brevedad posible, con información adecuada en los mencionados temas sensibles.

Que, asimismo, será necesario estudiar alternativas de organización futura del Sistema Estadístico Nacional, toda vez que la Ley N° 17.622 y su modificatoria que rige su funcionamiento no se ha actualizado de modo sustantivo desde su promulgación en el año 1968, siendo mayores en la actualidad los requerimientos de información e inteligencia de la información en los principales aspectos de las actividades sociales y económicas.

Que un moderno estado democrático requiere de autoridades y de ciudadanos bien informados y es ésta una asignatura pendiente a la que corresponde dar respuesta, previa consulta a expertos del país y del exterior, en un plazo relativamente breve.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1, 2 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Limítase la designación del Licenciado en Economía D. Norberto Damián ITZCOVICH (M.I. N° 17.586.230), en el cargo de Director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del actual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a partir del dictado de la presente medida.

Art. 2° — Desígnase al Licenciado en Economía Política D. Jorge Alberto TODESCA (M.I. N° 4.558.447), como Director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — Desígnase a la Profesora Da. Graciela Cristina BEVACQUA (M.I. N° 13.169.927) como Director Técnico del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, con dependencia directa de su Director.

Art. 4° — Instrúyese al Director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS a:

a) promover de inmediato una auditoría integral en todas las dependencias del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS y las investigaciones administrativas que resulten necesarias para establecer la actual situación del referido instituto y las eventuales responsabilidades derivadas de su administración a partir de enero de 2007;

b) adecuar, a la mayor brevedad, el suministro de información sobre evolución del nivel general de precios, pobreza, desempleo, empleo informal, producto interno bruto y comercio exterior;

c) programar la adecuación de las demás fuentes de información estadística; y

d) previa consulta a expertos del país y del exterior, e instituciones universitarias especializadas en la materia, proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL en un plazo no mayor a CIENTO VEINTE (120) días, por conducto del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, las reformas a la Ley N° 17.622 y su modificatoria que considere necesarias para la mejor administración del Sistema Estadístico Nacional (SEN) y para brindar a las autoridades y a la opinión pública inteligencia de la información social y económica.

Art. 5° — Deróganse los artículos 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 9° del Decreto N° 927 de fecha 21 de julio de 2009.

Art. 6° — Créase un Consejo Consultivo Honorario integrado por personas expertas en temas estadísticos, administrativos, comunicacionales y jurídicos a fin de asistir al Director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS en sus funciones.

Art. 7° — Facúltase al Director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS para nombrar a los integrantes del Consejo Consultivo Honorario creado por el artículo anterior, los que desempeñarán sus cargos ad-honorem.

Art. 8° — Modifícase el artículo 28 del Decreto N° 3110 de fecha 30 de diciembre de 1970 en lo que respecta a la jerarquía del director del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, estableciéndose que la misma será la de Secretario de Estado.

Art. 9° — El MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente medida.

Art. 10. — El gasto que demande el dictado de la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.
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