Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


PRIVATIZACIONES

Decreto 1652/92

Modificación del Decreto Nº 1144/92.

Bs. As. 7/9/92

VISTO el Decreto Nº 1144/92 de convocatoria al Concurso-Subasta para la privatización de SOMISA.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente sustituir por 'ACEROS PARANA S.A.' el nombre de la sociedad creada por Decreto N° 1144/92 para evitar conflictos con terceros que hubieran registrado dicha denominación inmediatamente antes de la promulgación del decreto referido y para otorgar una connotación geográfica al nuevo ente a ser privatizado.

Que es conveniente, además, disponer la corrección de errores u omisiones materiales en el texto del Decreto N° 1144/92 del 8 de Julio de1992.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 86 inciso 1 de la Constitución Nacional y el artículo 101 del Reglamento Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1759/72 (t. o. 1991) .

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese por ACEROS PARANA S. A. el nombre de la sociedad anónima creada por el Decreto N° 1144/92 a todos los efectos previstos en dicho Decreto.

Art. 2° — Agréguese la conjunción 'y' después de las palabras '... mediante los actos y procedimientos previstos en este artículo...' - y antes de las palabras '... en el artículo 13 de este decreto...' en el segundo párrafo del artículo 11 del Decreto N° 1144/92, debiendo leerse dicho párrafo de la forma que sigue:

'Ninguna deuda que por sus características, elementos, o naturaleza estuviera excluida de las categorías definidas en los numerales a) y b) antes indicados podrá ser o entender haber sido transferida a, o asumida, por ACEROS PARANA S. A., mediante los actos y procedimientos previstos en este artículo y en el artículo 13 de este decreto como formando parte de la unidad de negocios a que se refiere dicho artículo 13'.

Art. 3° — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y comuníquese a la COMISION BICAMERAL, creada en virtud del artículo 14 de la Ley N° 23.696 a los efectos previstos en dicha Ley.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. — Antonio E. González.

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