EXENCION DE GRAVAMENES
FECHA DE VIGENCIA DTO. 71/97
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Dic-1999
Resumen:
SE ESTABLECE QUE EL DECRETO 71/97 PARA LOS SUPUESTOS DEL ART. 1 DEL DTO. 1437/98 EMPEZARA A REGIR A PARTIR DEL 1 DE ENERO DEL 2001.