SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS -SUBROGACIONES-
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Jul-1993
Resumen:
SE ESTABLECE QUE LA SUBROGACION PREVISTA EN EL ART. 1 DEL DECRETO 1296/90 ESTARA A CARGO DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES.