Presidencia de la Nación

Decreto 1514 / 2015

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 975 / 2012

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 04-Jul-2012 Descripción
DESIGNACION - APROBACION

DANSE POR DESIGNADOS A: ENRIQUEZ, GABRIEL EDUARDO (DNI 24.030.764); FERRARI, CARLOS ALBERTO (DNI 27.902.406); DI CROCE, MARIA VALERIA (DNI 27.327.282); FERNANDEZ RIVERO, CATALINA MARIA (DNI 26.672.329); GILBERT, ROBERTO RAUL (DNI 18.421.016) Y DOLMEN, GUSTAVO ADOLFO (DNI 11.198.478), POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES, AUTORIZANDOSE LOS CORRESPONDIENTES PAGOS DE LAS FUNCIONES EJECUTIVAS DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), APROBADO POR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL HOMOLOGADO POR EL DECRETO Nº 2098/08, CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL POR NO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS MINIMOS DEL ARTICULO 14 DEL CONVENIO CITADO PRECEDENTEMENTE, Y CON CARACTER DE EXCEPCION A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 26.728.

Normativa / Número Decreto 2690 / 2014

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 20-Ene-2015 Descripción
DESIGNACIONES - PRORROGA

DANSE POR PRORROGADAS, POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES, A PARTIR DE LA FECHA QUE EN CADA CASO SE INDICA, LAS DESIGNACIONES TRANSITORIAS EFECTUADAS MEDIANTE EL DECRETO N° 975 DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2012 Y CUYA ULTIMA PRORROGA OPERO POR EL DECRETO N° 1533 DE FECHA 8 DE OCTUBRE DE 2013 POR EL MISMO TERMINO, DEL PERSONAL CARLOS ALBERTO FERRARI - DNI 27.902.406 - NIVEL A-0 - SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTION DE LA COMUNICACION PUBLICA Y CATALINA MARIA FERNANDEZ RIVERO - DNI 26.672.329 - NIVEL B-0 - DIRECTORA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, AUTORIZANDOSE LOS CORRESPONDIENTES PAGOS DE LAS FUNCIONES EJECUTIVAS DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), APROBADO POR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL HOMOLOGADO POR EL DECRETO N° 2098 DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2008 Y SUS MODIFICATORIOS, CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL POR NO REUNIR LOS REQUISITOS MINIMOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 14 DEL CONVENIO CITADO PRECEDENTEMENTE.

Volver
Scroll hacia arriba