ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
DECRETO 1244/07 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Sep-2008
Resumen:
MODIFICASE EL ARTICULO 1º DEL DECRETO Nº 1244/2007, ESTABLECIENDO LOS MONTOS QUE NO DEBERA SUPERAR LA RETRIBUCION BRUTA MENSUAL, NORMAL, HABITUAL, REGULAR Y PERMANENTE DE LOS AGENTES HABILITADOS PARA REALIZAR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS, A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2008 Y DEL 1º DE AGOSTO DE 2008.