PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE ATENCION MEDICA
AMBITO DE APLICACION
Resumen:
ESTABLECESE LA APLICACION OBLIGATORIA DEL MISMO EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS NACIONALES DE SALUD, EN LOS SISTEMAS NACIONALES DEL SEGURO DE SALUD Y DE OBRAS SOCIALES, EN EL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, EN LOS ESTABLECIMIENTOS INCORPORADOS AL REGISTRO NACIONAL DE HOSPITALES PUBLICOS DE AUTOGESTION Y EN LOS ESTABLECIMIENTOS DEPENDIENTES DE LAS DISTINTAS JURISDICCIONES PROVINCIALES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LAS ENTIDADES DEL SECTOR SALUD QUE ADHIERAN AL MISMO. FUNCIONES. AUTORIDAD DE APLICACION
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 4º DEL DECRETO 178/2017 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, B.O. 16/03/2017, PAGINA 2.