BANDA SINFONICA DE CIEGOS
LEY 25565,ART. 19 - EXCEPCION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
31-Jul-2002
Resumen:
EXCEPTUASE A LA SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 19 DE LA LEY NRO. 25.565, AL SOLO EFECTO DE PROCEDER A LA COBERTURA DE DETERMINADOS CARGOS EN LA MENCIONADA BANDA.