INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RECAUDACION IMPOSITIVA - FIJASE PORCENTAJE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Ene-2017
Resumen:
FIJASE EN UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) LA PARTE DE LA RECAUDACION IMPOSITIVA PROVENIENTE DE LOS GRAVAMENES ESTABLECIDOS EN LOS INCISOS A) Y B) DEL ARTICULO 21 DE LA LEY Nº 17.741 (T.O. 2001) Y SUS MODIFICATORIAS Y LA ESTABLECIDA POR EL INCISO A) DEL ARTICULO 97 DE LA LEY Nº 26.522, LA QUE SE DESTINARA EN CADA EJERCICIO FINANCIERO, PARA ATENDER LOS SUBSIDIOS A LA PRODUCCION DE PELICULAS NACIONALES. DEROGANSE LOS DECRETOS NROS. 1527/2012 Y 1810/2015.
Observaciones:
ABROGADO POR EL ARTICULO 6° DEL DECRETO 354/2022, B.O. 30/06/2022, PAGINA 10. VIGENCIA: VER ARTICULO 7° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.