EMPLEO NO REGISTRADO
FISCALIZACION - COLABORACION DE ASOC SINDICALES -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Oct-1996
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PODRA AUTORIZAR A LAS ASOCIACIONES SINDICALES DE TRABAJADORES CON PERSONERIA GREMIAL A COLABORAR EN LA FISCALIZACION DEL TRABAJO NO REGISTRADO. LAS ASOCIACIONES DEBERAN REMITIR AL CITADO ORGANISMO, EL NOMBRE DE LAS PERSONAS QUE EJERCERAN ESAS TAREAS. A TALES PERSONAS SE LAS DENOMINA "CONTROLADORES LABORALES".