ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 1/2016
Decreto Nº 357/2002. Modificación.
Decreto 1/2016
Decreto Nº 357/2002. Modificación.
Bs. As., 04/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0356848//2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama, entre los cuales se encuentran los referidos al entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN por el decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Transfiérese la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 2° — Transfiérese la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados, de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 3° — Las transferencias a que aluden los artículos anteriores comprenderán las unidades organizativas con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 4° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 —Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada— el Apartado XXIII, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de este decreto.
Art. 5° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 —Objetivos— el Apartado XXIII, correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de este decreto.
Art. 6° — Sustitúyese del Anexo III al Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —Organismos Descentralizados— el Apartado XXIII - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 7° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de acuerdo al Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 8° — Apruébanse las Responsabilidades Primarias y Acciones de las unidades organizativas de primer nivel operativo que conforman la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de conformidad con el detalle en la planilla anexa al presente artículo.
Art. 9° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°
XXIII.• MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
- SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL Y SECTORIAL
- SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
- SUBSECRETARIA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS
- SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN
- SECRETARÍA DE COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
- SECRETARIA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN DE POLITICAS PRODUCTIVAS
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5°
XXIII.- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la Jurisdicción y fiscalizarlas en sus organismos descentralizados.
2. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
4. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Jurisdicción.
5. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los trámites administrativos necesarios para el reclutamiento de los recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
6. Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos.
7. Fiscalizar y coordinar la información proveniente de las entidades descentralizadas dependientes.
8. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y coordinar su aplicación.
9. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo, como así también el contralor de las notificaciones producidas por la jurisdicción.
10. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.
11. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.
12. Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción.
13.Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.
14. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en lo referente a la implementación de políticas de desarrollo productivo.
2. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la promoción del desarrollo y la transformación productiva.
3. Desarrollar sistemas de información y análisis para el diseño y gestión de las políticas de desarrollo productivo.
4. Establecer indicadores y criterios para la evaluación y monitoreo de los programas y políticas de desarrollo productivo.
5. Entender en la ejecución y seguimiento del impacto de las políticas productivas para el desarrollo de sectores, ramas o cadenas de valor de actividades económicas.
6. Participar en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de infraestructura y logística para la mejora de la competitividad y la transformación productiva.
7. Formular, ejecutar, evaluar y monitorear programas tendientes a la mejora de la competitividad del sistema productivo nacional.
8. Coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el desarrollo productivo.
9. Diseñar programas de asistencia técnica orientados a organismos provinciales y locales para la promoción del desarrollo productivo.
10. Entender en la articulación sectorial y federal para la implementación de proyectos y programas productivos.
11. Diseñar un Plan Estratégico para la Mejora de la Competitividad y la Transformación Productiva.
12. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, creado por la Ley Nº 24.354. las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.
13. Entender en el estudio y ejecución de proyectos de inversión, así como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad tendiente a lograr la concreción de los proyectos de inversión que surjan a partir de los mismos.
14. Ejercer las facultades como Autoridad de Aplicación del Registro de Subsidios e Incentivos creado por el Decreto Nº 2.172/12, implementados en el Sector Público Nacional en los términos del artículo 8 de la Ley Nº 24.156, con excepción de los programas sociales implementados en el área del Ministerio de Desarrollo Social.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de apoyo a la mejora de la competitividad y la transformación productiva.
2. Efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de los planes, programas y proyectos de apoyo a la mejora de la competitividad y la transformación productiva.
3. Asistir al Secretario en su función de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas y colaborar en el dictado de las normas de instrumentación complementarias y/o aclaratorias que se requieren para la debida implementación del mismo.
4. Participar en la elaboración del Plan Estratégico para la Mejora de la Competitividad y la Transformación Productiva.
5. Coordinar los estudios y análisis necesarios previos a la implementación de proyectos productivos tendientes al desarrollo regional y sectorial, identificando y promoviendo oportunidades de desarrollo.
6. Participar, en coordinación con las distintas jurisdicciones involucradas en la formulación de planes productivos estratégicos de planificación sectorial y regional.
7. Convocar y coordinar los Foros Estratégicos en el marco del Plan Estratégico Industrial 20-20.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
OBJETIVOS
1. Coordinar la elaboración e implementación de modelos para el análisis estructural y dinámico de la producción y el empleo.
2. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.
3. Diseñar y gestionar un sistema de información de estadísticas productivas.
4. Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía nacional e internacional.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de actividad económica, de empleo y de las políticas productivas nacionales evaluando su impacto sobre la economía real.
6. Analizar la competitividad del aparato productivo local y proponer políticas para su mejora sostenida con base en la agregación de valor, la eficiencia productiva, la innovación y el desarrollo.
7. Promover el desarrollo de investigaciones sobre la transformación productiva con universidades y centros de investigación nacionales e internacionales.
8. Entender en la sistematización de la información referida a subsidios e incentivos de apoyo al sector productivo.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL Y SECTORIAL
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en la implementación y el seguimiento de las políticas productivas a nivel sectorial y regional.
2. Promover dinámicas de intercambio y cooperación a nivel sectorial y regional para el mejoramiento del aparato productivo nacional.
3. Participar en la ejecución de programas de apoyo al sector productivo.
4. Entender en la formulación de los planes estratégicos de planificación sectorial y regional.
5. Llevar el control de la implementación de los planes estratégicos de los distintos sectores, así como su revisión y actualización.
6. Articular estrategias para la implementación y el seguimiento de las políticas productivas, evaluando su impacto las cadenas de valor a nivel sectorial y regional y promoviendo la diversificación y el fortalecimiento de la matriz productiva.
7. Promover la creación de espacios de articulación de la política productiva federal, promoviendo una agenda de desarrollo productivo territorial en conjunto con las autoridades provinciales.
8. Promover la asistencia técnica a las provincias en el diseño, implementación y evaluación de políticas productivas.
9. Coordinar la implementación de mesas de diálogo y articulación entre el sector público y el sector privado.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
OBJETIVOS
1. Entender en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento del sector de industria y de los servicios tecnológicos y productivos, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.
2. Intervenir en lo referente a las estructuras arancelarias y las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación, en el ámbito de su competencia.
3. Intervenir en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen, con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación, en el ámbito de su competencia.
4. Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.
5. Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.
6. Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su competencia.
7. Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.
8. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN en la promoción y registro de inversiones, privadas en el país, en las áreas de su incumbencia.
9. Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.
10. Intervenir en el ámbito de competencia de la Secretaria en la promoción, organización y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.
11. Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos.
12. Promover la articulación de políticas industriales con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
13. Ejercer la Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre Trabajo Argentino (Ley Nº 25.551) e intervenir en las negociaciones internacionales vinculadas a compras gubernamentales.
14. Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su competencia, a fin de lograr un mejoramiento de los regímenes de promoción industrial, en los sectores tradicionales y no tradicionales y la expansión de la actividad industrial.
15. Estimular el asociativismo empresario mediante acciones de apoyo económico y asistencia técnica, propendiendo a tal formación de agrupamientos productivos con orientación sectorial.
16. Proponer, programar y proyectar actividades destinadas al desarrollo del sector de servicios modernos, el software y de apoyo empresarial, destinados tanto al mercado interno como a la exportación, administrando los regímenes de promoción vigentes y promoviendo la interacción entre los sistemas productivo y educativo.
17. Asistir y asesorar al Ministro en la supervisión del accionar del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, en aquellas materias de su competencia especifica.
2. Intervenir en la definición de la política Industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.
3. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.
4. Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional e internacional.
5. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.
6. Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo Nº 7 - Industria- (SGT Nº 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).
7. Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por el Gobierna Nacional, en materia de su competencia.
8. Promover la articulación tecnológico-industrial nacional
9. Asistir en la definición de políticas para la promoción de las inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.
10. Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.
11. Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS en la articulación de las políticas industriales con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
12. Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que promuevan el desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la competitividad de las empresas.
13. Participar en lo referente a normativas sobre estructuras arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique al sector industrial.
14. Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley Nº25.551) y asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a las compras gubernamentales.
15. Organizar y coordinar el análisis y los estudios necesarios para la promoción y desarrollo industrial, proponiendo pautas y acciones tendientes al logro de su cometido, teniendo en miras la importancia del fomento de las inversiones en todo el ámbito de la República, especialmente las vinculadas con la pequeñas y medianas industrias.
16. Coordinar, organizar y programar el análisis tendiente a facilitar el desarrollo industrial, proponiendo y promoviendo la desregulación y agilización de dicha actividad en orden a facilitar su expansión, ampliación y aumento de sus capacidades productivas y la inserción de sus productos tanto en el mercado interno como externo en óptimas condiciones competitivas.
17. Promover el desarrollo de la competitividad de los sectores productivos, mediante la incorporación del diseño y la innovación a los productos y procesos, estimulando el asociativismo empresario mediante acciones de apoyo económico y asistencia técnica, y propendiendo a la formación de agrupamientos productivos con orientación sectorial.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1. Atender las problemáticas productivas, sectoriales, regionales transversales con el objetivo de mejorar la performance del sector industrial con acciones e instrumentos no contemplados en regímenes de promoción existentes.
2. Coordinar la sistematización de información sobre problemáticas a presentar al PODER EJECUTIVO NACIONAL, en el ámbito de sus competencias.
3. Impulsar gestiones para la radicación de nuevos proyectos industriales de empresas nacionales y multinacionales.
4. Favorecer la operación de las empresas industriales en aquellos factores transversales a los sectores concernientes a la logística, la seguridad ambiental, el acceso a infraestructura adecuada, el aseguramiento de la calidad y los riesgos de trabajo.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, en aquellas materias de su competencia especifica.
2. Intervenir en la definición de las políticas sectoriales para desarrollar los servicios tecnológicos y productivos, y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de los mismos.
3. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes subsectores de servicios, incluyendo los tecnológicos, de valor agregado y culturales, entre otros.
4. Desarrollar e implementar programas de incentivos para la radicación de inversiones productivas en el sector.
5. Articular acciones de desarrollo regional específico con otras áreas de gobierno, y gobiernos regionales, que permita la radicación de centros productivos, o la expansión del entramado productivo local.
6. Articular acciones de educación y capacitación para el trabajo, con otras áreas de gobierno, y gobiernos regionales, que permitan expandir las capacidades de nuestra fuerza laboral.
7. Articular programas de accesibilidad al crédito y otros instrumentos financieros, especialmente aplicables al sector de intangibles y tecnológicos.
8. Coordinar estudios sobre las tendencias mundiales en materia de desarrollo tecnológico e interactuar con otras áreas de gobierno, para disponer de información confiable y eficiente para la toma de decisión en materia de servicios tecnológicos.
9. Identificar proyectos tecnológicos de alto impacto que puedan dar soluciones nacionales a problemas sociales.
10. Asesorar a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS y otras áreas de gobierno, sobre temas de negociaciones internacionales relacionadas con el sector.
11. Participar en el desarrollo de políticas públicas, junto con otras dependencias del estado, que permitan la creación o consolidación de parques tecnológicos en conjunción con el sistema educativo y el científico y tecnológico.
12. Analizar la competitividad de los subsectores de servicios, y proponer acciones de políticas públicas que mejoren la misma.
13. Articular con otras áreas del estado, acciones relacionadas con regulaciones o reglamentaciones que afecten al sector de servicios.
14. Asesorar a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, en materia de propiedad intelectual, regulaciones, licencias, derecho informático, acceso a la información, empresas de capital intangible, entre otros.
15. Colaborar con la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en la articulación tecnológico-industrial nacional.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
OBJETIVOS
1. Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
2. Entender en los lineamientos estratégicos y proponer las prioridades en materia de políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y al desarrollo emprendedor y la creación de empresas dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.
3. Entender en la elaboración, propuesta y definición de políticas públicas y estudios dirigidos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
4. Contribuir al surgimiento, desarrollo y consolidación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas a través de políticas de capacitación, financiamiento y asistencia técnica.
5. Planificar y programar políticas y acciones para la promoción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para la adecuada implementación de las políticas diseñadas, con sentido federal y de inclusión social.
6. Planificar y programar políticas y acciones para la promoción de la actividad emprendedora, con especial preferencia hacia los jóvenes emprendedores, con sentido federal.
7. Entender en las políticas orientadas a promover, impulsar y consolidar las micro, pequeñas y medianas empresas en el interior del país, con el objetivo de fomentar el desarrollo regional.
8. Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional e intervenir en el apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, fomentando la productividad, empleo genuino, la agregación de valor, el desarrollo local, la formalización, internacionalización y competitividad.
9. Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los polos productivos del interior del país, y en el desarrollo de los corredores productivos ubicados en las economías regionales y promover su inserción en el mercado internacional.
10. Detectar las necesidades financieras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con el objetivo de fomentar, promover y facilitar su acceso al crédito en las mejores condiciones tendientes a su desarrollo y consolidación.
11. Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas a través de las áreas competentes en la materia.
12. Diseñar e implementar políticas de asistencia financiera que contemplen tanto instrumentos de crédito como herramientas que fortalezcan las garantías que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas puedan ofrecer para facilitar el acceso al financiamiento.
13. Entender en la elaboración de programas nacionales para la capacitación de los cuadros gerenciales, técnicos y profesionales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
14. lntervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.
15. Colaborar con las áreas con competencia primaria del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN en la elaboración y ejecución de acciones y programas destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando los trámites necesarios para la realización de las mismas.
16. Intervenir en el análisis, diseño y ejecución de políticas específicas de apoyo a la internacionalización comercial de las Pequeñas y Medianas Empresas.
17. Establecer los parámetros para la definición de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, objeto de las políticas públicas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
18. Promover el desarrollo de la competitividad de los sectores productivos mediante la incorporación de diseño e innovación a los productos y procesos.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
OBJETIVOS
1. Promover e impulsar herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras con el objeto de crear condiciones para mejorar productividad y competitividad a través de la introducción de innovaciones y desarrollo de talento.
2. Desarrollar programas e iniciativas tendientes a la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales, competitivas, innovadoras, sustentables en el tiempo, generadoras de valor y de empleo.
3. Asistir en los aspectos técnicos referidos a la aplicación de la Ley No 25.872, en todas aquellas acciones relativas a fomentar el espíritu emprendedor, promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de empresas nacionales.
4 Brindar y promover las herramientas fiscales, impositivas, financieras y no financieras de apoyo a la creación y al desarrollo de emprendimientos, que promuevan la generación de empleo y la innovación, con mayor valor agregado e impacto social.
5. Incentivar y asistir en el diseño y ejecución de proyectos emprendedores en el ámbito de su competencia.
6. Elaborar y producir material de difusión de las herramientas de promoción y desarrollo de la cultura emprendedora y de innovación, ofrecidas por el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
7. Promover la inserción de bienes, y servicios industriales, elaborados o prestados por la juventud emprendedora, en mercados locales, nacionales e internacionales.
8. Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL, entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas, en el ámbito de su competencia.
9. Promover y paticipar en la celebración de convenios con entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, universidades y empresas, en el marco de sus competencias.
10. Elaborar diagnóstico e investigaciones aplicadas sobre el comportamiento de los emprendimientos desarrollados en el ámbito de su competencia, en el marco de las herramientas brindadas por el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y contemplando variables demográficas, sobre particularidades sociales, sectoriales, económicas y regionales.
11 Determinar los modelos de evaluación del cumplimiento de los objetivos y cursos de acción establecidos en los programas y proyectos que se implementan en materia de promoción del empresariado e intervenir en el seguimiento de los mismos.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en aquellas materias de su competencia específica.
2. Asistir al Secretario en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas de capacitación y asistencia técnica para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.
3. Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de manera tal de identificar las necesidades tecnológicas, ambientales, de capacitación y asistencia técnica.
4. Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en todas sus ramas, del desarrollo emprendedor y la creación de empresas, dentro del marco de la política general.
5. Asistir en la modernización, reestructuración, reconversión y reingenieria de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
6. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.
7. Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el fin de descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y privados vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, al desarrollo emprendedor y la creación de nuevas empresas.
8. Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional.
9. Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas en los polos productivos del interior del país, a través de la extensión de la Red de Agencias de Desarrollo Productivo, y en el desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción en el mercado internacional.
10. Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.
11. Coordinar con la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA las políticas tendientes a la promoción de las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando su acceso a mercados internacionales, participando en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con las demás áreas con competencia en la materia.
12. Entender en la promoción, desarrollo y consolidación del asociativismo entre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en aquellas materias de su competencia específica.
2. Asistir al Secretario en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas de asistencia financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.
3. Analizar la problemática de financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el objetivo de diseñar e implementar políticas y acciones tendientes a solucionar los obstáculos que éstas enfrentan para financiar su actividad.
4. Intervenir en la aplicación de la Leyes Nº 24.467, Nº 25.300, sus modificatorias y complementarias.
5. Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento y asistencia que atiendan a la problemática de financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, incluyendo herramientas de microcréditos, como así también al surgimiento de nuevos emprendimientos productivos, dentro del marco de la política general de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
6. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de financiamiento a la actividad productiva, en todo el territorio nacional, contribuyendo al fortalecimiento de las economías regionales y al desarrollo local.
7. Fomentar la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los polos productivos del interior del país, a través de programas y políticas de financiamiento específicas, que promuevan el desarrollo de las economías regionales y su inserción en el mercado internacional.
8. lntervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
9. Procurar mejoras en el acceso al crédito de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
10. Desarrollar, monitorear y controlar el Sistema de Sociedades de Garantía Reciproca.
11. Proponer las normas complementarias al Sistema de Sociedades de Garantía Reciproca que resulten necesarias para mejorar su funcionamiento y utilización por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
12. Proponer y gestionar programas de asistencia financiera direccionados a sectores estratégicos del aparato productivo nacional, en línea con los Programas del Ministerio.
13. Colaborar en la implementación de los programas de asistencia financiera que establezca el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN o cualquiera de sus dependencias.
14. Interactuar con el sistema financiero público y privado para materializar las acciones políticas y programas de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
MINISTERIO DE PRODUCCION
SECRETARÍA DE COMERCIO
OBJETIVOS
1. Entender en la formulación y ejecución de la política comercial interior y exterior .
2. Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional.
3. Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico en relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico generando proyectos a futuro.
4. Evaluar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio.
5. Formular y promover la estrategia, las políticas y los cursos de acción a seguir en materia de negociaciones económicas y comerciales tanto bilaterales como multilaterales en todas las Naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los Organismos Económicos y Comerciales Internacionales, Regionales y Subregionales.
6. Entender en la estrategia en materia de promoción comercial y todo lo relacionado con la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera, proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su ejecución.
7. Ejercer como autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 22.802 de Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 24.240 de Defensa del Consumidor, 20.680 de Abastecimiento, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de Tarjetas de Crédito, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, 26.992 de Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y del Título I de la Ley N° 26.993 de Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo.
8. Entender en las propuestas y en el control de las políticas relacionadas con la defensa del consumidor.
9. Entender en la implementación de las políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.
10. Coordinar la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
11. Entender en las propuestas, coordinación, seguimiento y control de las políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado, así como también en las medidas comerciales relacionadas con otras políticas públicas y brindar asistencia técnica en la materia.
12. Evaluar, controlar, efectuar propuestas y dictar medidas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia y el armónico desarrollo de los mismos en, función del interés público en el ámbito de su competencia.
13. Dictar la normativa vinculada con el correcto abastecimiento interno y la fiscalización y contralor del mismo.
14. Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.
15. Supervisar la correcta ejecución de las políticas comerciales internas de defensa del consumidor y de defensa de la competencia.
16. Evaluar el grado de competitividad en todos ámbitos de la actividad económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y servicios que conforman los mercados, en el ámbito de su competencia.
17. Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.
18. Promover la articulación de políticas de comercio con los Gobiernos Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
19. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y directivas para las Representaciones de la República en el exterior y delegaciones oficiales en el aspecto comercial internacional.
20. Asistir en la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
21. Entender en todo proceso de integración comercial internacional propendiendo al dictado y suscripción de convenios multilaterales.
22. Supervisar la correcta ejecución de las políticas comerciales externas de defensa del consumidor y defensa de la competencia.
23. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el diseño de las políticas con otros espacios de integración comercial y económica internacional, en los temas vinculados con su competencia especifica.
24. Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.
25. Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen, con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.
26. Asistir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen como documento imprescindible para determinadas importaciones.
27. Coordinar las negociaciones sectoriales en el marco del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su competencia.
28. Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.
29. Intervenir en la elaboración de la normativa y en el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.
30. Participar, por si o quien designe, en el Consejo de Administración de la FUNDACIÓN EXPORTAR.
31 Promover, a través de las inversiones internacionales, la innovación, investigación y avance tecnológicos e impulsar la competitividad, la calidad y el diseño industrial.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE COMERCIO
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
OBJETIVOS
1. Intervenir, cuando corresponda y desde el punto de vista de la unicidad estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de programas y planes de acción de la jurisdicción y su articulación con otras áreas de gobierno.
2. Coordinar a las distintas dependencias de la jurisdicción en la elaboración y ejecución de políticas y planes solicitados vinculados con los temas de su competencia.
3. Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto centralizada como descentralizada.
4. Participar en la evaluación y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio interior, en el ámbito de la jurisdicción ministerial.
5. Promover la articulación de políticas de comercio interior con los Gobiernos Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
6. Efectuar las propuestas y asistir en la correcta ejecución y control de las políticas comerciales internas de defensa del consumidor y de defensa de la competencia.
7. Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica, tipificando las estructuras de costos de los bienes que conforman el mercado.
8. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
9. Implementar las políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.
10. Asistir al Secretario en la elaboración de propuestas y en la evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicas como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.
11. Intervenir y asesorar en todo lo relativo a la aplicación de las Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 22.802 de Lealtad Comercial, 20.680 de Abastecimiento, 24.240 de Defensa del Consumidor, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de Tarjetas de Crédito, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, 26.992 de Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y del Título I de la Ley Nº 26.993 de Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones del Consumo.
12. Supervisar las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 22.802 de Lealtad Comercial, 20.680 de Abastecimiento, 24.240 de Defensa del Consumidor, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de Tarjetas de Crédito, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, 26.992 de Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y del Título I de la Ley 26.993 de Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo.
13. Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial en el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.
14. Asistir al Secretario en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.
15. Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en sede administrativa, de las infracciones a la normativa en materia comercial en los que la Secretaría actúe como autoridad de aplicación.
16. Entender en la elaboración, propuesta y seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial y Metrología Legal en el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.
17. Asistir en la elaboración de propuestas, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE COMERCIO
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
OBJETIVOS
1. Participar en la definición de la política comercial internacional, promoviendo la oferta de los productos y servicios nacionales atendiendo a la demanda de los mercados extranjeros, incluyendo la promoción de naturaleza comercial y participar en las actividades de promoción de inversiones y turismo.
2. Participar en la elaboración de las instrucciones y directivas para las Representaciones de la República en el exterior y delegaciones oficiales en el aspecto comercial internacional.
3. Participar en la estructuración de ayudas financieras externas para proyectos nacionales, en coordinación con los organismos nacionales y subnacionales competentes.
4. Asesorar en la promoción de alianzas estratégicas entre las compañías locales y extranjeras en los ámbito de su competencia.
5. Diseñar políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo económico y a la integración de la REPÚBLICA ARGENTINA con los diferentes países y bloques del mundo.
6. Asistir en la promoción a través de las inversiones internacionales, de la innovación, la investigación y el avance tecnológico e impulsar la competitividad, la calidad y el diseño industrial.
7. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
8. Asistir en todo lo atinente a la problemática vinculada con la organización de los mercados de bienes y servicios, la evaluación de la competitividad en todos los ámbitos de actividad económica y la elaboración de las estructuras de costo asociadas, en el ámbito de su competencia.
9. Dirigir todas las acciones vinculadas con la atención y resolución de lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias, propendiendo a la defensa del consumidor y de la competencia, en su ámbito.
10. Asistir y asesorar en los procesos de integración comercial internacional y en la definición de negociaciones sectoriales en el marco del proceso de integración, en lo que es materia de su competencia.
11. Intervenir en la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y en el diseño de las políticas con otros espacios de integración.
12. Dirigir todas las acciones referentes a las estructuras arancelarias, las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación, la elaboración de normativa sobre reglas de origen y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad.
13. Asistir y asesorar respecto de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior.
14. Participar en la fijación de la política de promoción comercial e intervenir en lo vinculado con la participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el comercio exterior.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1. Coordinar y proponer las relaciones del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN con los Estados provinciales y los municipios, en el ámbito de su competencia.
2. Articular las relaciones institucionales con los Estados provinciales y los municipios entorno a la confección de una Agenda de Desarrollo Productivo Federal.
3. Asistir al Ministro de Producción en la relación institucional con las entidades representativas de los sectores productivos internacionales, nacionales, regionales, provinciales y locales.
4. Asistir al Ministro de Producción en la relación institucional con las áreas de gobierno responsables del desarrollo productivo en las provincias, municipios, otros países, y unidades de gobierno subnacionales dentro de éstos.
5. Entender en todos los aspectos concernientes a la integración productiva.
6. Intervenir en las relacionales con el Honorable Congreso de la Nación y legislaturas provinciales, en coordinación con los órganos competentes y en el ámbito de su competencia.
7. Fortalecer la infraestructura institucional productiva, conformada por organizaciones intermedias entidades representativas de los sectores productivos, para integrar los tejidos productivos locales, provinciales y regionales.
8. lnstitucionalizar espacios de diálogo permanente en los territorios provinciales, con el fin de mejorar la articulación público - privada entre gobiernos provinciales, locales, actores del sector productivo y Organizaciones de la Sociedad Civil.
9. Detectar las necesidades de desarrollo local, provincial y regional con el diseño y promover el vínculo con la formulación de políticas públicas nacionales de apoyo a la producción.
10. Promover las políticas y beneficios que ofrece el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN a través de acciones de comunicación descentralizadas en el territorio.
11. Asistir al Ministro de Producción en la promoción, diseño y seguimiento de políticas de desarrollo de los sectores productivos regionales.
12. Entender en los aspectos políticos de la comunicación y la coordinación formal de políticas productivas entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales.
13. Formular las agendas de desarrollo regional, como programas de acción público - privado para el fortalecimiento y desarrollo de distintos sectores y regiones productivas.
14. Entender en la mediación de aquellas cuestiones conflictivas que puedan presentarse ante sectores productivos.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario de Integración Productiva en el fortalecimiento de la infraestructura institucional productiva, conformada por organizaciones intermedias y entidades representativas de los sectores productivos, para integrar los tejidos productivos locales, provinciales y regionales.
2. Consolidar una red federal que vincule a la infraestructura institucional productiva para la identificación y aprovechamiento de oportunidades de integración productiva entre sectores.
3. Canalizar las demandas de política pública provenientes de los sectores productivos, a través de las instituciones que los representan, para el fortalecimiento del tejido productivo local, provincial y regional.
4. Articular y mejorar los flujos de información entre actores públicos y privados del tejido productivo local, provincial y regional.
5. Entender en el ordenamiento y sistematización de la información de las cadenas de valor que componen el tejido productivo local, provincial y regional, en coordinación con distintas áreas de gobierno nacional, provincial, local y organizaciones intermedias.
6. Gestionar con los organismos internacionales programas para el desarrollo de la infraestructura institucional productiva.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN DE POLÍTICAS PRODUCTIVAS
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario de Integración Productiva en las relaciones técnicas y políticas con los encargados de política productiva a nivel nacional, provincial y local.
2. Institucionalizar la articulación con gobiernos provinciales, locales, actores del sector productivo y sociedad civil, a través de la consolidación de espacios de dialogo en el territorio.
3. Atender las demandas de política pública para el desarrollo productivo que requieran las provincias y municipios, y elaborar informes que fundamenten su diseño.
4. Determinar el enfoque del desarrollo regional a la Secretaria de Integración Productiva y al Ministerio, vinculando las necesidades de desarrollo local, provincial y regional con la formulación de políticas nacionales de apoyo a la producción.
5. Formular y proponer políticas de desarrollo regional e integración productiva a partir de la articulación con actores de la sociedad civil, provincias y municipios.
6. Promover los programas del Ministerio destinados a los sectores productivos locales, provinciales y regionales a través de acciones descentralizadas en el territorio, y evaluar el impacto de las políticas productivas nacionales.
7. Gestionar con organismos internacionales programas para el desarrollo productivo local.
8. Entender en el contexto del desarrollo de conflictos reales o potenciales en el sector productivo regional local, y asistir al Secretario en el diagnóstico y mediación de los mismos.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6º
XXIII.- MINISTERI0 DE PRODUCCIÓN
ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA Y DESCONCENTRADOS
- INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
- INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
- COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE PRODUCCION
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Integrar, en el marco de los planes de la Jurisdicción, el funcionamiento técnico- administrativo de aquellos programas con financiamiento internacional, realizando las gestiones, evaluaciones y controles pertinentes para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
ACCIONES:
1. Informar sobre el grado de cumplimiento de las metas presupuestarias y físicas de los compromisos internacionales adquiridos a fin de determinar los procedimientos a seguir por el Ministerio.
2. Participar en la evaluación de viabilidad económica y financiera de los programar con financiamiento internacional propios del Ministerio, así como los acordados con terceros organismos.
3. Asistir a la Dirección General de Recursos Humanos y Organización en lo concerniente a la selección de las contrataciones de locación de servicios, obras y otras contrataciones, necesarias para el cumplimiento de las misiones encomendadas a las unidades ejecutoras.
4. Asistir a la Dirección General de Administración, en articulación con las unidades ejecutoras, en la confección y revisión del presupuesto anual de las mismas.
5. Supervisar, controlar y evaluar la ejecución presupuestaria de los programas con financiamiento externo, en estrecha colaboración con las áreas técnicas con competencia en la materia, manteniendo y actualizando una base de datos selectiva del estado de ejecución de los fondos asignados.
6. Definir los criterios técnicos para la distribución de los recursos asignados.
7. Gestionar y conservar la documentación requerida por los organismos otorgadores de crédito.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la Jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en el análisis de los anteproyectos de legislación económica y en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originada en otros organismos.
Actuar como servicio jurídico ministerial en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado y representar al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.
ACCIONES
1. Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan a la consideración del Ministerio, sus Secretarias y Subsecretarias.
2. Disponer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, deba intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.
3. Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción ministerial.
4. Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
5. Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
6. Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales.
7. Representar al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ante otras autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.
8. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.
9. Intervenir y asesorar al Subsecretario de Coordinación en las actividades prejudiciales, tendientes al recupero de créditos a favor del Tesoro Nacional en el ámbito de la Jurisdicción.
10. Entender en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con las actividades sustantivas de la Jurisdicción.
11. Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento, suministros e informática.
ACCIONES:
1. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y gastos.
2. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.
3. Asistir al Subsecretario de Coordinación en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.
4. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del Estado, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos vinculados a los temas de su competencia, celebrados o a celebrarse.
5. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la Jurisdicción.
6. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.
7. Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.
8. Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.
9. Asistir al Subsecretario de Coordinación en la administración de los espacios físicos de la Jurisdicción.
10. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la fiscalización y coordinación de la información, relacionada con los temas de su competencia, que provenga de las entidades descentralizadas dependientes de la Jurisdicción.
11.Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la Jurisdicción.
Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
ACCIONES:
1. Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la aplicación del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.) en materia de búsqueda, selección, integración, desempeño y capacitación; monitoreando el estado de avance de la carrera administrativa del personal y proponiendo las medidas correctivas pertinentes.
2. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.
3. Ejercer coordinación técnica jurisdiccional y actualización del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también de los procesos flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
4. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional; elaborando y proponiendo las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan.
5. Entender en la actualización permanente del Legajo Personal Único, control de asistencia y certificaciones del personal del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y los organismos dependientes.
6. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de desempeño asistiendo a las autoridades intervinientes y a los Comités de Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.
7. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la Jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.
8. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo.
9. Proponer las normas de administración interna de personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes.
10. Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.
11. Proponer y establecer los canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.
12. Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.
13. Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.
14. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la fiscalización y coordinación de la información, relacionada con los temas de su competencia, que provenga de las entidades descentralizadas dependientes de la Jurisdicción.