Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 988/2012

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Bs. As., 12/10/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0036569/2012 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que es menester modificar el Presupuesto vigente del SENADO DE LA NACION, de la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION y de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION con el objeto de atender gastos en personal en virtud de los incrementos salariales aprobados.

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 71 de la Ley Nº 26.728 se adecuan los créditos vigentes de la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION.

Que, adicionalmente, se modifica el Presupuesto de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION a fin de permitir la atención de gastos de funcionamiento.

Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para posibilitar el normal desarrollo de sus actividades.

Que resulta necesario reforzar los créditos de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a efectos de permitir la atención de gastos del Plan Igualdad Cultural, compromisos contraídos por la Jurisdicción y afrontar gastos en personal en virtud de los incrementos salariales aprobados.

Que, asimismo, se propicia atender los gastos en personal, derivados de la política salarial correspondiente a la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, por otra parte, es necesario compensar créditos del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los efectos de atender la normal operatoria del organismo.

Que resulta pertinente reforzar el Presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a efectos de posibilitar el cumplimiento de compromisos impostergables contraídos por el Estado Nacional.

Que con el objeto de afrontar transferencias previstas a la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. y al Fideicomiso creado por el Decreto Nº 976 de fecha 31 de julio de 2001 destinado a la atención del pago del Régimen de Compensaciones (RCC), Compensaciones Complementarias Provinciales (CCP) y Sistema Ferroviario Integrado (SIFER) y atender compromisos asumidos en el marco de los acuerdos celebrados con la REPUBLICA POPULAR CHINA para la adquisición de material rodante, resulta indispensable modificar el Presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que es menester adecuar los créditos del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con la finalidad de afrontar el pago de haberes del corriente año.

Que es necesario modificar el Presupuesto vigente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con la finalidad de atender convenios celebrados con gobiernos municipales cuya finalidad es la reducción de la tasa de siniestralidad vial en el territorio nacional.

Que la citada modificación se financia a través de la reducción de las Aplicaciones Financieras vigentes.

Que es preciso adecuar el crédito vigente del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a fin de afrontar el pago de haberes y el convenio suscripto con el Municipio de Ezeiza para la implementación del Sistema de Emergencias del Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”.

Que a fin de posibilitar la atención de traslados de funcionarios, de gastos de la DIRECCION NACIONAL DEL ANTARTICO, de becas del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION y gastos de las Representaciones argentinas en el exterior, se hace necesario reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que adicionalmente se incrementan los créditos vigentes de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a fin de atender gastos relacionados con la Misión Satelital SAOCOM.

Que resulta oportuno adecuar el Presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a efectos de atender el financiamiento de gastos de funcionamiento de dicha Cartera Ministerial, la adquisición de insumos para el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, y el cumplimiento de la Ley Nº 25.914.

Que la modificación mencionada en el Considerando anterior se financia con la reducción de las Aplicaciones Financieras.

Que, asimismo, es menester incorporar al Presupuesto vigente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, recursos provenientes del cobro de multas.

Que resulta necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA y de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que a efectos de atender los gastos relacionados con la Campaña Antártica 2012-2013 resulta pertinente reforzar los créditos del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que corresponde incrementar el Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a fin de permitir la continuidad del Programa de Desarrollo de Centros Comerciales a cielo Abierto.

Que es necesario modificar el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, a efectos de atender gastos correspondientes a su sistema de centros de investigación.

Que resulta pertinente adecuar los Presupuestos de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES y del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, Organismos Descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, a fin de incorporar la mayor recaudación proveniente de los derechos que percibe la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES a fin de posibilitar el cumplimiento de los Planes Operativos Anuales de las distintas Areas Protegidas, y posibilitar la atención por parte del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA de los gastos necesarios para la realización del Rally Dakar Argentina 2013.

Que, asimismo, resulta imperioso incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a los fines de hacer frente a gastos inherentes a su funcionamiento, así como también, atender las mayores erogaciones que derivan de los incrementos salariales otorgados.

Que además, resulta necesario continuar con las políticas impartidas por el Estado Nacional en cuanto a la ejecución de obras públicas y suministro de servicios públicos.

Que corresponde modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION, a los efectos de atender gastos relacionados con el Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios y otros gastos de la jurisdicción.

Que, por otra parte, resulta oportuno adecuar el Presupuesto del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de atender el financiamiento de gastos operativos de dicha cartera ministerial.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de atender los gastos correspondientes a las diferencias salariales en virtud de la aplicación de los Decretos Nº 1733 de fecha 25 de octubre de 2011 y Nº 923 de fecha 21 de junio de 2012.

Que se refuerzan las partidas presupuestarias de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a los fines de atender mayores gastos operativos.

Que es menester modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para financiar la atención médica de pensionados no contributivos y gastos de funcionamiento del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DOCTOR NESTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C. de Florencio Varela.

Que asimismo se debe adecuar el presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de profundizar el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de las condiciones estructurales, especialmente las vinculadas a las áreas científico técnicas.

Que por otra parte se prevén en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los créditos destinados a afrontar el gasto derivado de los incrementos salariales.

Que con el objeto de financiar el mencionado gasto resulta necesario incorporar remanentes de ejercicios anteriores.

Que asimismo, se debe adecuar el Presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a efectos de atender los gastos de haberes del corriente ejercicio.

Que es necesario modificar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, destinados al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, al OPERADOR FERROVIARIO SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE), a TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA), a NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT), a la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA) y al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA).

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del Artículo 9° de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar
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