Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 942/2017

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-23477004-APN-DMEYN#MHA, la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y la Decisión Administrativa Nº 12 del 11 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, no incluye previsiones para atender, entre otros conceptos, el incremento de las remuneraciones anuales del Sector Público Nacional.

Que en ese contexto, corresponde incrementar los créditos vigentes del Inciso1- Gastos en Personal necesario para atender las necesidades salariales.

Que con el objeto de atender un conjunto de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, se incrementan los créditos vigentes de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.

Que a fin de cumplir con los compromisos asumidos por el Programa Municipios en Acción, se adecuan los créditos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que resulta necesario llevar a cabo una compensación crediticia entre la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para posibilitar el financiamiento de los gastos de funcionamiento de la Cumbre del G-20 cuyas oficinas se ubican en el edificio del Centro Cultural Kirchner.

Que asimismo, la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN propicia efectuar una compensación de créditos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, para financiar erogaciones de la SECRETARÍA DE DEPORTES, transferida a la citada SECRETARÍA GENERAL mediante el Decreto N° 678 del 24 de agosto de 2017, dado que hasta el final del ejercicio 2017 esa dependencia continuará con el apoyo administrativo-financiero del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que es necesario reforzar los créditos vigentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para la atención de las necesidades de difusión de los actos de gobierno.

Que es menester incrementar gastos de capital de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para lo cual se incrementan su cálculo de recursos vigente.

Que a los efectos de colaborar con la organización de la Onceava Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO cede créditos al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que a fin de afrontar los costos de logística y organización de los comicios en el exterior, el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA le transfiere créditos al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que con la finalidad de atender gastos relativos a la atención de la población penal y el pago del peculio a los internos que trabajan en los talleres de laborterapia, se incrementa el Presupuesto vigente del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y del ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el refuerzo citado en el considerando anterior se compensa con una reducción de los créditos vigentes del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de incorporar los recursos remanentes correspondientes al ejercicio 2016 provenientes de la prestación del servicio de policía adicional.

Que corresponde reforzar el presupuesto de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina destinado a atender el pago de sentencias judiciales previsionales.

Que mediante la Resolución N° 586 del 31 de julio de 2017 del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se incrementó el haber mensual del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que a través de los Decretos Nros. 475 y 477 ambos del 30 de junio de 2017 se incrementó el haber mensual del personal de las Fuerzas Armadas.

Que por efecto de las citadas medidas se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de la citadas fuerzas armadas y de seguridad.

Que ese refuerzo se financia con una mayor recaudación por aportes y contribuciones a la prevista en el presupuesto vigente.

Que ante la necesidad de cancelar gastos derivados del uso de personal y medios de las Fuerzas Armadas empeñados en la atención de emergencias naturales y antrópicas de nuestro país, el MINISTERIO DE SEGURIDAD transfiere créditos al MINISTERIO DE DEFENSA.

Que mediante el Decreto N° 746 del 25 de septiembre de 2017 se transfieren a partir del 1 de octubre de 2017, a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las funciones de tramitación, otorgamiento, liquidación y pago de las prestaciones no contributivas que hasta esa fecha se encontraban a cargo de la ex COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES, con excepción de aquellas otorgadas por invalidez en el marco de la Ley N° 13.478, sus complementarias y modificatorias y las derivadas de la aplicación de las Leyes N° 26.928 y N° 25.869.

Que a efectos de atender lo dispuesto en el citado decreto resulta necesario transferir créditos de la ex COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que resulta necesario incrementar en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA las erogaciones correspondientes a las compensaciones a la producción de soja, en el marco del Plan Belgrano.

Que es menester incorporar saldos remanentes de donaciones de la citada jurisdicción para atender erogaciones relacionadas con el Proyecto “Adaptación y Resiliencia de la Agricultura Familiar del Noreste de Argentina ante el Impacto del Cambio Climático y su Variabilidad”.

Que, por otra parte, corresponde incrementar los recursos de Fuente de Financiamiento 13 – Recursos con Afectación Específica, derivados del incremento en la recaudación del Fondo Nacional Pesquero y, asimismo, los créditos de esa misma Fuente de Financiamiento del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que, resulta necesario incrementar los créditos y recursos del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para adecuar las redes de gas natural de ese Instituto.

Que es menester reforzar el crédito vigente del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, con el objeto de atender erogaciones inherentes a las actividades de marketing y promoción del Turismo Receptivo Internacional. El mencionado incremento se compensa con una reducción del presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo, el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA propicia reasignar sus créditos mediante compensación con aplicaciones financieras, ante la necesidad de cumplir en tiempo y forma con compromisos ya asumidos.

Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE recibe de parte de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN un aporte que tiene por fundamento atender gastos correspondientes a actividades y proyectos comunes entre ambas instituciones.

Que la AGENCIA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL propicia incorporar mayores recursos propios para financiar las transferencias al Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria.

Que resulta necesario incrementar en el MINISTERIO DE TRANSPORTE los créditos correspondientes a los subsidios al transporte automotor y ferroviario de pasajeros.

Que por otra parte corresponde incrementar los créditos y recursos presupuestarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en la parte correspondiente a la Fuente de Financiamiento 14 – Transferencias Internas, provenientes del Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura de Transporte creado en virtud del Decreto Nº 976 del 31 de julio de 2001.

Que es necesario incrementar los recursos de Fuente de Financiamiento 13 – Recursos con Afectación Específica en el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, correspondientes al Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior y al Fondo Nacional de Energía Eléctrica y destinarlos los mismos a transferencias corrientes y de capital a gobiernos provinciales.

Que, asimismo, es menester propiciar un incremento en los créditos presupuestarios correspondientes a gastos en personal y otros gastos operativos, en el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN financiados con una baja de las Aplicaciones Financieras.

Que por otra parte, resulta necesario propiciar una compensación de créditos entre el ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES y el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, a fin de atender mayores gastos en personal en éste último.

Que, asimismo, resulta necesario un refuerzo de los créditos presupuestarios correspondientes al mencionado ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, a fin de asignar fondos al Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER) para financiar el pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID).

Que el citado refuerzo, se financia con una reducción de las asignaciones presupuestarias correspondientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que en el artículo 12 de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, se fija el crédito total de las Universidades Nacionales, y se faculta al señor Jefe de Gabinete de Ministros a ampliar los créditos de dichas casas de estudio según el detalle de la planilla B anexa al mencionado artículo.

Que a fin de cumplimentar lo dispuesto en el segundo párrafo del citado artículo, es necesario modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Programa 26 - Desarrollo de la Educación Superior, a los efectos de atender gastos de las Universidades Nacionales.

Que asimismo se incrementan los créditos del presupuesto vigente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a fin de atender gastos derivados del Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios FinEs.

Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de atender los gastos que demandan la continuidad de los proyectos que desarrolla la institución.

Que esos refuerzos se financian con una incorporación de mayores Recursos Propios en concepto de Derechos de Autor e Intereses respecto al presupuesto vigente.

Que se requiere modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado del MINISTERIO DE CULTURA, a fin de financiar los mayores gastos que requiere el funcionamiento del organismo.

Que es menester incrementar los créditos del presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a fin de atender las mayores necesidades de los Programas Nacionales de Empleo.

Que resulta necesario modificar por compensación el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de atender gastos inherentes al funcionamiento del HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.MI.C “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”.

Que asimismo se aumenta el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL “DR. BALDOMERO SOMMER”, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE, el HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”, la COLONIA NACIONAL “DR. MANUEL A. MONTES DE OCA” y el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR “DR. JUAN OTIMIO TESONE”, todos actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que tal aumento se financia con el incremento del cálculo de recursos propios.

Que es oportuno adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE a efectos de financiar el diseño, implementación y monitoreo del Proyecto “La escuela se planta ante el cambio climático”.

Que es necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a fin de afrontar erogaciones de distintos programas sociales a su cargo.

Que es necesario adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, a CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO y al CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones establecidas en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y en los artículos 9º y 30 de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2017-24737080-APN-SECH#MHA) al presente artículo.

ARTÍCULO 2º.- Amplíase el límite establecido en el artículo 30 de la Ley Nº 27.341 para la cancelación de deudas previsionales, quedando en consecuencia determinado de acuerdo con el siguiente detalle:

Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares1.329.918.189
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina1.298.000.000
Servicio Penitenciario Federal50.000.000
Gendarmería Nacional360.811.000
Prefectura Naval Argentina18.000.000
Total3.056.729.189

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 24/10/2017 N° 81295/17 v. 24/10/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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