Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 880/2022

DECAD-2022-880-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-93171271-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, los Decretos Nros. 88 del 22 de febrero de 2022 y 331 del 16 de junio de 2022 y las Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incrementar los créditos presupuestarios de distintas Jurisdicciones a efectos de asegurar la atención de las remuneraciones, atento el impacto de las mejoras dispuestas por diversas normas legales durante el presente año.

Que con el objeto de atender necesidades de funcionamiento de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACIÓN y de la PROCURACIÓN PENITENCIARIA DE LA NACIÓN, organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, corresponde incrementar su crédito vigente.

Que es menester modificar el presupuesto de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de incorporar recursos para financiar gastos que hacen al normal desenvolvimiento de la entidad.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de atender la cobertura médica de los pensionados no contributivos y las pensionadas no contributivas y el pago del subsidio extraordinario para los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no contributivas dispuesto por el Decreto N° 532 del 24 de agosto de 2022.

Que es necesario reforzar, a través de compensaciones de crédito dentro del presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los siguientes préstamos: “Programa de Apoyo a la Convocatoria de Proyectos para el Desarrollo Armónico con Equilibrio Territorial” (FONPLATA ARG 51/2021), “Programa para el Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica (REFEFO)” (BID N° 5364/OC-AR) y “Proyecto de Inclusión Digital e Innovación de los Servicios Públicos en Argentina” (BIRF 9224-AR).

Que corresponde ampliar el presupuesto de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el traspaso UN (1) agente proveniente del MINISTERIO DEL INTERIOR, según lo establecido en la Decisión Administrativa N° 1278 del 29 de diciembre de 2021.

Que la transferencia del cargo citado precedentemente se financia con una reducción del presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que a efectos de asegurar la continuidad de las acciones de los siguientes programas: “Programa Comunidades Terapéuticas”, “Programa de Subsidios a las Casas de Atención y Acompañamiento Comunitario” (CAACs) y “Programa de Subsidios a las Casas Comunitarias Convivenciales” se refuerzan los créditos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que corresponde ampliar y adecuar el presupuesto de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para atender gastos de funcionamiento.

Que es oportuno incorporar en el presupuesto del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, recursos remanentes de ejercicios anteriores para financiar el Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA).

Que es menester ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por la incorporación de mayores recursos para financiar el equipamiento del INSTITUTO ANTÁRTICO ARGENTINO, las reuniones con la COMUNIDAD DE ESTADOS LATINOAMERICANOS Y CARIBEÑOS (CELAC), los gastos fijos y de capital de las representaciones Argentinas en el exterior, el Plan Anual Antártico, los gastos de capital de la sede central y la Fundación Argentina para la Promoción de Inversiones y Comercio Internacional.

Que, asimismo, se contempla la incorporación de remanentes de Transferencias Externas provenientes de la venta por subasta pública N° 31/17 de inmuebles sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser destinados a las refacciones de la Residencia Oficial en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA.

Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, producto de las transferencias de cargos provenientes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE SALUD, dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 216 del 23 de febrero de 2022, 266 del 10 de marzo de 2022, 267 del 10 de marzo de 2022 y 360 del 31 de marzo de 2022.

Que el gasto que demanda la atención de las citadas transferencias de cargos se financia mediante la reducción de los créditos vigentes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE SALUD.

Que es necesario adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE SEGURIDAD con la finalidad de atender la adquisición de bienes de capital correspondientes al “Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad”; la atención centralizada de gastos de combustible, de los seguros de automotor y de navegación, de la adquisición de chalecos antibalas y de municiones, de la puesta en funcionamiento de helicópteros para las Fuerzas Policiales y de Seguridad, de la adquisición de un sistema de reconocimiento facial y de otros bienes de capital destinados a las Fuerzas Policiales y de Seguridad; de afrontar gastos salariales de la citada cartera, mediante la compensación de créditos con la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD y cumplimentar el Convenio Específico de Colaboración suscripto con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con el fin de fortalecer la totalidad del Sistema de Formación Profesional, Especialización y Capacitación de los y las integrantes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad.

Que el gasto que demanda el Convenio citado en el considerando precedente se financia mediante la reducción de créditos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que es preciso reforzar los créditos vigentes de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA a efectos de atender gastos salariales provenientes de la prestación del servicio de policía adicional al ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y al MINISTERIO DE SALUD.

Que el refuerzo de créditos citado en el considerando precedente se financia mediante la reducción de créditos correspondientes al ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y al MINISTERIO DE SALUD.

Que es menester incrementar los créditos vigentes de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con la finalidad de atender insuficiencias salariales y afrontar la prestación de servicios de policía adicional y gastos de capital.

Que el incremento de créditos citado en el considerando precedente se financia mediante la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores y la cesión de créditos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que es preciso adecuar el presupuesto vigente de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de afrontar el pago de las becas correspondientes a los y las aspirantes a oficiales e incorporar recursos remanentes de ejercicios anteriores destinados a la atención de gastos de funcionamiento.

Que con el fin de sostener los gastos de funcionamiento, sistemas y operaciones de las Fuerzas Armadas, se amplía el presupuesto del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que, asimismo, resulta conveniente compensar créditos dentro la jurisdicción para el mismo fin.

Que dicha compensación implica cambios de finalidad del gasto.

Que corresponde ampliar el presupuesto del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, con el fin de incorporar créditos provenientes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por la devolución del pago del servicio de adiestramiento de vuelo para los pilotos afectados al helicóptero Sikorsky S-70A, matrícula H-01 de la Flota Aérea Presidencial.

Que resulta necesario ampliar el presupuesto del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, por el traspaso de UN (1) agente proveniente del MINISTERIO DE DEFENSA, de acuerdo con lo establecido en la Decisión Administrativa N° 450 del 4 de mayo de 2022.

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de atender los gastos correspondientes a los proyectos de Construcción del Reactor de Baja Potencia CAREM 25 y de Construcción del Reactor Multipropósito RA-10.

Que es necesario ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMÍA por la transferencia de UNA (1) agente, dispuesta mediante la Decisión Administrativa N° 99 del 1° de febrero de 2022, financiada por una reducción de créditos por igual importe en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que, asimismo, se incrementa el presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMÍA por la transferencia de UN (1) agente, dispuesta por la Decisión Administrativa N° 43 del 21 de enero de 2022, financiada con una reducción de créditos por igual importe en la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que, asimismo, es menester modificar el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para atender gastos relacionados con su normal funcionamiento y equipamiento.

Que la modificación mencionada en el considerando precedente se financia con un aumento en el cálculo de los recursos propios que percibe.

Que resulta oportuno modificar el presupuesto vigente del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, aumentando las transferencias corrientes en compensación con las transferencias de capital para atender las necesidades correspondientes a los siguientes programas de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO: “Programa Nodos de la Economía del Conocimiento” y “Programa Soluciona II”.

Que es menester ampliar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado actuante en el ámbito del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el fin de atender transferencias a su Sistema de Centros de Investigación del INTI, con el objeto de continuar con el desarrollo de los programas de gestión de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO en conjunto con el citado organismo.

Que para atender la ampliación mencionada en el considerando precedente se reducen las transferencias de capital en el presupuesto vigente del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que en el artículo 6° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, sustituido por el Decreto N° 88 del 22 de febrero de 2022, se establecen excepciones a la limitación a aprobar incrementos de cargos y horas de cátedra.

Que, en tal sentido, es necesario incrementar la cantidad de cargos del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.

Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en detrimento de las Aplicaciones Financieras, con el objeto de afrontar gastos de funcionamiento y la asistencia financiera al sector cooperativo y mutual para la promoción de la economía social.

Que resulta menester ampliar el presupuesto vigente del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA con el objeto de atender los servicios técnicos y profesionales.

Que tal ampliación se financia con el incremento del cálculo de los recursos con afectación específica por la subasta pública de vehículos oficiales pertenecientes al citado ex-Ministerio.

Que corresponde incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado actuante en la órbita del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el objeto de atender gastos en materia de personal y de funcionamiento.

Que dicho incremento se financia con el aumento del cálculo de los recursos propios.

Que corresponde ampliar el presupuesto del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES para atender los gastos de la Comisión Nacional Antidopaje de acuerdo a lo estipulado en el anteúltimo párrafo del artículo 81 de la Ley N° 26.912 y sus modificaciones.

Que es preciso adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS con el objeto de atender transferencias a provincias destinadas a obras de saneamiento, de mejoramiento urbano, de pavimentación e iluminación urbana, de infraestructura hídrica y educativa; gastos de auditoría externa, de contratos de consultores o consultoras de servicios, de gastos de funcionamiento y de la transferencia de UN (1) agente proveniente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, dispuesta mediante la Decisión Administrativa N° 1095 del 8 de noviembre de 2021.

Que la transferencia citada precedentemente se financia mediante la reducción de créditos del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objeto de garantizar las erogaciones vinculadas a la construcción de obras de infraestructura vial.

Que resulta menester adecuar los créditos vigentes del ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con la finalidad de afrontar gastos salariales, gastos de consultarías de proyectos de inversión y transferencias a municipios para financiar consultorías de evaluación de proyectos de inversión.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con el objeto de afrontar gastos que hacen al normal funcionamiento del citado organismo.

Que el incremento mencionado en el considerando precedente se financia con una mayor estimación en el cálculo de los recursos propios.

Que resulta oportuno incrementar en el presupuesto del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN UN (1) cargo y las asignaciones para gastos en personal cedidas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en cumplimiento de la Decisión Administrativa N° 46 del 24 de enero de 2022 mediante la cual se transfiere UN (1) agente de planta permanente a la órbita de la cartera mencionada en primer término.

Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL con relación a los créditos destinados al “Programa REPRO II”.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en detrimento de las aplicaciones financieras, a efectos de afrontar gastos que hacen al normal funcionamiento del citado organismo.

Que es menester reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD con el propósito de atender la adquisición de vacunas e insumos en el contexto de la Pandemia ocasionada por el COVID-19.

Que el refuerzo mencionado precedentemente se financia con la incorporación de recursos provenientes de la Ley Nº 27.605 de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia, que creó un aporte extraordinario obligatorio vinculado a los patrimonios de las personas humanas, con carácter de emergencia y por única vez, para ayudar a morigerar los efectos de dicha pandemia.

Que, asimismo, se incrementa el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD con el fin de atender erogaciones relacionadas con el “Programa Nacional de Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad (FESCAS)”, creado mediante la Resolución N° 978 del 12 de mayo de 2022 del MINISTERIO DE SALUD .

Que, por otra parte, en el MINISTERIO DE SALUD se incorporan recursos provenientes de una donación de la organización VITAL STRATEGIES, que financiarán créditos relacionados con actividades del “Programa Nacional de Control del Tabaco”.

Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, producto de la transferencia de UNA (1) agente proveniente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, dispuesta mediante la Decisión Administrativa N° 41 del 21 de enero de 2022.

Que corresponde modificar dentro del presupuesto del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE los créditos financiados con transferencias externas y sus respectivos recursos para ajustarlos a las necesidades reales.

Que es menester incorporar mayores recursos en el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, para financiar la actualización de las jubilaciones y pensiones, en virtud de lo estipulado por la Ley N° 23.794, la que establece la movilidad de los haberes de retiros y pensiones de acuerdo a las remuneraciones del personal en actividad.

Que es preciso adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, producto de las transferencias de cargos provenientes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 908 del 10 de septiembre de 2021, 942 del 29 de septiembre de 2021 y 40 del 21 de enero de 2022.

Que, asimismo, resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con el fin de atender acciones del “Programa Nacional de Inclusión Socio - Productiva y Desarrollo Local - POTENCIAR TRABAJO”.

Que se efectúan compensaciones de créditos presupuestarios en la mencionada cartera, reduciendo erogaciones de capital e incrementando las corrientes, para atender acciones en el marco de distintos programas a su cargo.

Que resulta necesario reforzar las Ayudas Sociales a Personas en el presupuesto del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD vinculadas al “Programa de Apoyo y Acompañamiento a Personas en Situación de Riesgo por Violencia por Motivos de Género” (ACOMPAÑAR), para la asistencia integral de personas en situación de violencia por motivos de género.

Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA para posibilitar la atención de los servicios financieros de la deuda pública correspondientes a comisiones del presente ejercicio.

Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, destinados a las Empresas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CORASA), empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, YACIMIENTOS CARBONÍFEROS DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS, ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA), empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (NASA), empresa del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE (TANDANOR), ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), entes del Sector Público Nacional actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que atendiendo el ritmo de ejecución registrado a la fecha, y con el objeto de efectuar una adecuada administración de los créditos vigentes, se efectúan reasignaciones presupuestarias entre la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y la Jurisdicción 91- OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que en el artículo 15 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias se prevé que “cuando en los presupuestos de las jurisdicciones y entidades públicas se incluyan créditos para contratar obras o adquirir bienes y servicios, cuyo plazo de ejecución exceda al ejercicio financiero, se deberá incluir en los mismos información sobre los recursos invertidos en años anteriores, los que se invertirán en el futuro y sobre el monto total del gasto, así como los respectivos cronogramas de ejecución física. La aprobación de los presupuestos que contengan esta información, por parte de la autoridad competente, implicará la autorización expresa para contratar las obras y/o adquirir los bienes y servicios hasta por su monto total, de acuerdo con las modalidades de contratación vigentes”.

Que en el artículo 11 de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, se faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a incorporar la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios en la medida en que ellas se financien con cargo a las facultades previstas en los artículos 8º y 9º de la citada ley.

Que, en ese marco, es menester autorizar la contratación plurianual de ciertas obras de inversión y adquisición de bienes y servicios con incidencia en ejercicios futuros, modificando las planillas anexas al artículo 11 de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021.

Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecida mediante el Decreto N° 451 del 3 de agosto de 2022 se realizan con cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, por el artículo 24 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y por los artículos 6°, 8°, 9° y 11 de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente en los términos del Decreto N° 882/21.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-93241147-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2022 en lo que corresponde a los cargos, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-93241072-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Incorpórase en las Planillas Anexas al artículo 11 de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, la contratación de las obras y bienes con incidencia en ejercicios futuros, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-93240927-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - E/E Alexis Raúl Guerrera

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/09/2022 N° 71430/22 v. 09/09/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)
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