PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 837/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 3/10/2014
VISTO el Expediente Nº JGM:0048204/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de afrontar insuficiencias crediticias de Gastos en Personal, se modifica el Presupuesto vigente de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION, de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION y de la PROCURACION PENITENCIARIA DE LA NACION, actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL.
Que, además, es necesario reforzar los créditos vigentes de las entidades y organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin de afrontar gastos de funcionamiento e inversión.
Que con el objeto de atender gastos de inversión, se adecua el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, actuantes en el ámbito del PODER JUDICIAL NACIONAL.
Que es menester reforzar los créditos vigentes de la PROCURACION GENERAL DE LA NACION, actuante en el ámbito del MINISTERIO PUBLICO, a fin de afrontar gastos de funcionamiento y de inversión.
Que resulta preciso modificar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que deben modificarse los créditos presupuestarios vigentes de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender las erogaciones resultantes de las mejoras en las remuneraciones dispuestas por normas legales durante el presente año.
Que, asimismo resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de cumplir con las misiones y responsabilidades asignadas, y no resentir el normal funcionamiento del mismo.
Que corresponde incrementar los créditos del MINISTERIO DE CULTURA a fin de cubrir gastos del Museo del Bicentenario y otras actividades culturales.
Que resulta adecuado compensar los gastos corrientes y de capital del TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, para la atención de los gastos que genera la puesta en escena de diversas obras.
Que con el objeto de atender gastos de funcionamiento, se adecua el presupuesto vigente de la BIBLIOTECA NACIONAL organismo perteneciente al MINISTERIO DE CULTURA.
Que, adicionalmente, corresponde efectuar compensaciones de créditos en el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, a fin de afrontar los aumentos salariales.
Que en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, se incorporan saldos remanentes de recursos con el objeto de atender los aumentos salariales y demás gastos que hacen a la operatoria normal del organismo.
Que asimismo se prevé reforzar los créditos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de su gestión.
Que debe asignarse un refuerzo de créditos a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a fin de poder cumplir con los objetivos pautados para el presente ejercicio.
Que resulta menester incrementar los créditos del SAF DE APOYO A LA ACUMAR, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, correspondientes al Préstamo BIRF 7706-AR Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza - Riachuelo, los cuales se destinarán a financiar obras que serán ejecutadas por la Empresa AySA S.A.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO debe reforzar sus créditos a fin de atender los mayores gastos derivados de las diferencias por tipo de cambio, y otras necesidades prioritarias como ser las actividades a desarrollarse relacionadas a la participación argentina en eventos internacionales, como así también la transferencia de capital al Organismo Internacional Comisión Administradora del Río Uruguay y los gastos programados al cierre del presente ejercicio de las Representaciones Argentinas en el Exterior.
Que con el objeto de reforzar las transferencias con destino al Fondo Partidario Permanente, es menester adecuar los créditos del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que a fin de atender insuficiencias crediticias de Gastos en Personal se modifica el Presupuesto vigente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, financiando tal incremento mediante la incorporación de recursos propios.
Que, asimismo, es menester reforzar los créditos correspondientes a Gastos en Personal de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, compensando el citado refuerzo con la reducción de sus Activos Financieros.
Que corresponde adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a efectos de posibilitar el financiamiento de las erogaciones regulares de esa Cartera de Estado a través de la reducción de las Aplicaciones Financieras vigentes.
Que es necesario modificar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender los mayores gastos derivados de la unificación de las sedes que el citado Organismo posee en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, adicionalmente, con el propósito de financiar la adquisición de insumos para los talleres de laborterapia y el mantenimiento de los mismos, se adecua el presupuesto vigente del ENTE DE COOPERACION TECNICA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que con la finalidad de afrontar compromisos asumidos en el marco del “Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad”, se modifican los créditos vigentes del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, además, es necesario reforzar el presupuesto vigente de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA NACIONAL, actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de atender mayores gastos operativos y la incorporación de recursos provenientes de la prestación del servicio de policía adicional.
Que es menester adecuar los créditos vigentes de las distintas Subjurisdicciones y Organismos Descentralizados que conforman la Jurisdicción MINISTERIO DE DEFENSA a fin de atender gastos relacionados con la presencia argentina en el continente antártico, el operativo de lucha contra el narcotráfico Fortín II, la adquisición de munición y apoyo económico a empresas vinculadas al MINISTERIO DE DEFENSA, el sostenimiento del sistema logístico aéreo, el patrullaje y control del mar argentino, la recuperación de hospitales, y otros gastos de funcionamiento.
Que se contemplan asignaciones en la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, para adquisición de insumos.
Que asimismo se refuerzan los créditos de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de afrontar diferencias de cambio producidas por pagos al exterior.
Que con el objeto de dotar de mayores fondos al Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDyF), se propicia un incremento de créditos y recursos en el MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que, asimismo, se requiere reforzar los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE INDUSTRIA, para atender gastos en personal.
Que es menester reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a fin de afrontar gastos relacionados con el Plan Ganadero Nacional, el Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera, creado por la Ley Nº 26.060 y el financiamiento del complejo agroindustrial “Ingenio La Esperanza”, Provincia de JUJUY.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a los efectos de adecuar los créditos vigentes a sus reales necesidades de ejecución.
Que, por otra parte, se necesitan reforzar los créditos presupuestarios para la atención de Servicios de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos de diversos organismos de la Administración Nacional.
Que corresponde incorporar en el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, los saldos de recursos de ejercicios anteriores no utilizados a los efectos de atender gastos que hacen a su normal operatoria.
Que por otra parte se incrementa el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TURISMO, para dar cumplimiento con las pautas de ejecución del Préstamo BID 2606/OC-AR “Programa de Desarrollo de Corredores Turísticos” y por otro lado efectuar transferencias a gobiernos provinciales para desarrollar obras de infraestructura.
Que corresponde adecuar los créditos de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de garantizar el normal funcionamiento de la misma.
Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender diversos gastos correspondientes con su operatoria habitual.
Que, asimismo, resulta necesario modificar los Presupuestos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismos descentralizados en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del citado Ministerio, a los efectos de permitir el normal funcionamiento de los mismos.
Que en el caso del MINISTERIO DE EDUCACION, se modifica el presupuesto vigente de la Jurisdicción, a fin de atender gastos derivados por la aplicación de la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional, del Plan FINES, del Plan de Mejora Institucional en escuelas secundarias y nuevas políticas de infraestructura y equipamiento escolar.
Que corresponde modificar los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de realizar transferencias a YPF TECNOLOGIA S.A. para la construcción de la sede central, como así también atender los Proyectos de Investigación Plurianuales.
Que resulta necesario modificar los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a fin de atender gastos por los servicios de correo que brinda el Correo Argentino S.A.
Que el Gobierno Nacional, se encuentra abocado a regularizar con la máxima premura el proceso de cancelación de deudas por sentencias judiciales previsionales.
Que a tal efecto la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha efectuado una redefinición en su plan operativo relativo a la liquidación de deudas judiciales previsionales, para adecuarse a las pautas y plazos establecidos en las actuaciones.
Que el Artículo 42 de la Ley Nº 26.895 autoriza al señor Jefe de Gabinete de Ministros, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a ampliar el límite establecido para la cancelación de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que en tal sentido, resulta necesario modificar el crédito vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) destinado a la cancelación de sentencias judiciales.
Que en el caso del MINISTERIO DE SALUD, se prevé otorgar un refuerzo en los créditos con el objeto de efectuar aportes para el funcionamiento del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DOCTOR NESTOR CARLOS KIRCHNER” de la Localidad de Florencio Varela de la Provincia de BUENOS AIRES; del HOSPITAL PROFESOR “DR. JUAN P. GARRAHAN” y la adquisición de leche, vacunas y medicamentos, entre otros conceptos.
Que, además, se contemplan asignaciones con destino al CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL, el HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, el HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, la COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA, el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE y el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de adquirir insumos médicos y afrontar gastos de funcionamiento y de asistencia a la población beneficiaria.
Que es necesario modificar los créditos de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a efectos de atender gastos de funcionamiento y erogaciones derivadas de las acciones asistenciales que desarrolla.
Que se modifican los créditos de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA para posibilitar la atención de los servicios financieros de la deuda pública correspondientes a comisiones y amortizaciones del presente ejercicio.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la empresa RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO, a la FABRICA ARGENTINA de AVIONES “BRIGADIER SAN MARTIN” SOCIEDAD ANONIMA (FAdeA), a TALLERES NAVALES DARSENA NORTE S.A.C.I.yN. (TANDANOR), a la EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGENIERIA SOCIEDAD DEL ESTADO (ENSI), a la Empresa TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, al SERVICIO DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA (SRT), a la Empresa EDUCAR SOCIEDAD DEL ESTADO, a RADIO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA y al ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD).
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y por los Artículos 8°, 9° y 42 de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — El refuerzo de créditos dispuesto para la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION incluye la totalidad de los sobrantes presupuestarios verificados al 31 de diciembre de 2013.
Art. 3° — Amplíase en PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) la suma establecida en el Artículo 40 de la Ley Nº 26.895, destinada al pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Decisión Administrativa 837/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 3/10/2014
VISTO el Expediente Nº JGM:0048204/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de afrontar insuficiencias crediticias de Gastos en Personal, se modifica el Presupuesto vigente de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION, de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION y de la PROCURACION PENITENCIARIA DE LA NACION, actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL.
Que, además, es necesario reforzar los créditos vigentes de las entidades y organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a fin de afrontar gastos de funcionamiento e inversión.
Que con el objeto de atender gastos de inversión, se adecua el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, actuantes en el ámbito del PODER JUDICIAL NACIONAL.
Que es menester reforzar los créditos vigentes de la PROCURACION GENERAL DE LA NACION, actuante en el ámbito del MINISTERIO PUBLICO, a fin de afrontar gastos de funcionamiento y de inversión.
Que resulta preciso modificar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de atender compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.
Que deben modificarse los créditos presupuestarios vigentes de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender las erogaciones resultantes de las mejoras en las remuneraciones dispuestas por normas legales durante el presente año.
Que, asimismo resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION con el objeto de cumplir con las misiones y responsabilidades asignadas, y no resentir el normal funcionamiento del mismo.
Que corresponde incrementar los créditos del MINISTERIO DE CULTURA a fin de cubrir gastos del Museo del Bicentenario y otras actividades culturales.
Que resulta adecuado compensar los gastos corrientes y de capital del TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, para la atención de los gastos que genera la puesta en escena de diversas obras.
Que con el objeto de atender gastos de funcionamiento, se adecua el presupuesto vigente de la BIBLIOTECA NACIONAL organismo perteneciente al MINISTERIO DE CULTURA.
Que, adicionalmente, corresponde efectuar compensaciones de créditos en el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, a fin de afrontar los aumentos salariales.
Que en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, se incorporan saldos remanentes de recursos con el objeto de atender los aumentos salariales y demás gastos que hacen a la operatoria normal del organismo.
Que asimismo se prevé reforzar los créditos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de su gestión.
Que debe asignarse un refuerzo de créditos a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a fin de poder cumplir con los objetivos pautados para el presente ejercicio.
Que resulta menester incrementar los créditos del SAF DE APOYO A LA ACUMAR, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, correspondientes al Préstamo BIRF 7706-AR Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza - Riachuelo, los cuales se destinarán a financiar obras que serán ejecutadas por la Empresa AySA S.A.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO debe reforzar sus créditos a fin de atender los mayores gastos derivados de las diferencias por tipo de cambio, y otras necesidades prioritarias como ser las actividades a desarrollarse relacionadas a la participación argentina en eventos internacionales, como así también la transferencia de capital al Organismo Internacional Comisión Administradora del Río Uruguay y los gastos programados al cierre del presente ejercicio de las Representaciones Argentinas en el Exterior.
Que con el objeto de reforzar las transferencias con destino al Fondo Partidario Permanente, es menester adecuar los créditos del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que a fin de atender insuficiencias crediticias de Gastos en Personal se modifica el Presupuesto vigente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, financiando tal incremento mediante la incorporación de recursos propios.
Que, asimismo, es menester reforzar los créditos correspondientes a Gastos en Personal de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, compensando el citado refuerzo con la reducción de sus Activos Financieros.
Que corresponde adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a efectos de posibilitar el financiamiento de las erogaciones regulares de esa Cartera de Estado a través de la reducción de las Aplicaciones Financieras vigentes.
Que es necesario modificar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender los mayores gastos derivados de la unificación de las sedes que el citado Organismo posee en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, adicionalmente, con el propósito de financiar la adquisición de insumos para los talleres de laborterapia y el mantenimiento de los mismos, se adecua el presupuesto vigente del ENTE DE COOPERACION TECNICA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que con la finalidad de afrontar compromisos asumidos en el marco del “Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad”, se modifican los créditos vigentes del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, además, es necesario reforzar el presupuesto vigente de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA NACIONAL, actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a fin de atender mayores gastos operativos y la incorporación de recursos provenientes de la prestación del servicio de policía adicional.
Que es menester adecuar los créditos vigentes de las distintas Subjurisdicciones y Organismos Descentralizados que conforman la Jurisdicción MINISTERIO DE DEFENSA a fin de atender gastos relacionados con la presencia argentina en el continente antártico, el operativo de lucha contra el narcotráfico Fortín II, la adquisición de munición y apoyo económico a empresas vinculadas al MINISTERIO DE DEFENSA, el sostenimiento del sistema logístico aéreo, el patrullaje y control del mar argentino, la recuperación de hospitales, y otros gastos de funcionamiento.
Que se contemplan asignaciones en la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, para adquisición de insumos.
Que asimismo se refuerzan los créditos de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de afrontar diferencias de cambio producidas por pagos al exterior.
Que con el objeto de dotar de mayores fondos al Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDyF), se propicia un incremento de créditos y recursos en el MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que, asimismo, se requiere reforzar los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE INDUSTRIA, para atender gastos en personal.
Que es menester reforzar los créditos vigentes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a fin de afrontar gastos relacionados con el Plan Ganadero Nacional, el Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera, creado por la Ley Nº 26.060 y el financiamiento del complejo agroindustrial “Ingenio La Esperanza”, Provincia de JUJUY.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a los efectos de adecuar los créditos vigentes a sus reales necesidades de ejecución.
Que, por otra parte, se necesitan reforzar los créditos presupuestarios para la atención de Servicios de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos de diversos organismos de la Administración Nacional.
Que corresponde incorporar en el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, los saldos de recursos de ejercicios anteriores no utilizados a los efectos de atender gastos que hacen a su normal operatoria.
Que por otra parte se incrementa el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TURISMO, para dar cumplimiento con las pautas de ejecución del Préstamo BID 2606/OC-AR “Programa de Desarrollo de Corredores Turísticos” y por otro lado efectuar transferencias a gobiernos provinciales para desarrollar obras de infraestructura.
Que corresponde adecuar los créditos de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de garantizar el normal funcionamiento de la misma.
Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender diversos gastos correspondientes con su operatoria habitual.
Que, asimismo, resulta necesario modificar los Presupuestos vigentes del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS y del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, organismos descentralizados en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del citado Ministerio, a los efectos de permitir el normal funcionamiento de los mismos.
Que en el caso del MINISTERIO DE EDUCACION, se modifica el presupuesto vigente de la Jurisdicción, a fin de atender gastos derivados por la aplicación de la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional, del Plan FINES, del Plan de Mejora Institucional en escuelas secundarias y nuevas políticas de infraestructura y equipamiento escolar.
Que corresponde modificar los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de realizar transferencias a YPF TECNOLOGIA S.A. para la construcción de la sede central, como así también atender los Proyectos de Investigación Plurianuales.
Que resulta necesario modificar los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a fin de atender gastos por los servicios de correo que brinda el Correo Argentino S.A.
Que el Gobierno Nacional, se encuentra abocado a regularizar con la máxima premura el proceso de cancelación de deudas por sentencias judiciales previsionales.
Que a tal efecto la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha efectuado una redefinición en su plan operativo relativo a la liquidación de deudas judiciales previsionales, para adecuarse a las pautas y plazos establecidos en las actuaciones.
Que el Artículo 42 de la Ley Nº 26.895 autoriza al señor Jefe de Gabinete de Ministros, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a ampliar el límite establecido para la cancelación de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que en tal sentido, resulta necesario modificar el crédito vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) destinado a la cancelación de sentencias judiciales.
Que en el caso del MINISTERIO DE SALUD, se prevé otorgar un refuerzo en los créditos con el objeto de efectuar aportes para el funcionamiento del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DOCTOR NESTOR CARLOS KIRCHNER” de la Localidad de Florencio Varela de la Provincia de BUENOS AIRES; del HOSPITAL PROFESOR “DR. JUAN P. GARRAHAN” y la adquisición de leche, vacunas y medicamentos, entre otros conceptos.
Que, además, se contemplan asignaciones con destino al CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL, el HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, el HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, la COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA, el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR DR. JUAN OTIMIO TESONE y el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de adquirir insumos médicos y afrontar gastos de funcionamiento y de asistencia a la población beneficiaria.
Que es necesario modificar los créditos de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a efectos de atender gastos de funcionamiento y erogaciones derivadas de las acciones asistenciales que desarrolla.
Que se modifican los créditos de la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA para posibilitar la atención de los servicios financieros de la deuda pública correspondientes a comisiones y amortizaciones del presente ejercicio.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO destinados a la empresa RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO, a la FABRICA ARGENTINA de AVIONES “BRIGADIER SAN MARTIN” SOCIEDAD ANONIMA (FAdeA), a TALLERES NAVALES DARSENA NORTE S.A.C.I.yN. (TANDANOR), a la EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGENIERIA SOCIEDAD DEL ESTADO (ENSI), a la Empresa TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO, al SERVICIO DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA SOCIEDAD ANONIMA (SRT), a la Empresa EDUCAR SOCIEDAD DEL ESTADO, a RADIO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA y al ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD).
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y por los Artículos 8°, 9° y 42 de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — El refuerzo de créditos dispuesto para la CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION incluye la totalidad de los sobrantes presupuestarios verificados al 31 de diciembre de 2013.
Art. 3° — Amplíase en PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) la suma establecida en el Artículo 40 de la Ley Nº 26.895, destinada al pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)