MINISTERIO DEL INTERIOR
REF.: ART. 21, L. 25401 - EXCEPCION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Jun-2001
Resumen:
EXCEPTUASE AL CITADO DEPARTAMENTO DE ESTADO DE LOS ALCANCES DEL ARTICULO 21 DE LA LEY NRO. 25.401 COMO ASI TAMBIEN PRORROGAR LA EXCEPCION PREVISTA POR EL ARTICULO 2RO. SEGUNDO PARRAFO, DEL DECRETO NRO. 489/00.