PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 725/2008
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.
Bs. As., 30/12/2008
VISTO el Expediente Nº 13.848/2008 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008 aprobado por la Ley Nº 26.337 y distribuido por Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 52 de la Ley Nº 24.076 se asignó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las funciones de regulación y control de la Industria del Gas.
Que por Decreto Nº 1539 de fecha 19 de septiembre de 2008, se aprobó la Reglamentación de los Artículos 44, 45 y 46 de la Ley Nº 26.020 y se creó el Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado.
Que por el Acuerdo suscripto, que complementa el aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 599 de fecha 13 de junio de 2007, se convino con los productores de gas natural, una reestructuración de precios de gas en boca de pozo.
Que mediante el mismo se acordó que los productores de gas natural realicen un aporte al Fondo Fiduciario creado por la Ley Nº 26.020, con el fin de que el precio de las garrafas para uso domiciliario de DIEZ KILOGRAMOS (10 kg), DOCE KILOGRAMOS (12 kg) y QUINCE KILOGRAMOS (15 kg), se oferten a un precio diferencial menor, para aquellos consumidores residenciales de Gas Licuado de Petróleo de bajos recursos.
Que se le asignó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la función de control y fiscalización del mencionado Fondo Fiduciario.
Que la nueva actividad, obliga a la creación de una Unidad de Fiscalización y Control Técnico, implicando incorporar profesionales especializados.
Que el crédito vigente en el Inciso 1 – Gastos en Personal, resulta insuficiente para afrontar la nueva tarea encomendada.
Que corresponde destinar al TESORO NACIONAL el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de los mayores recursos que se incorporan al presupuesto conforme lo establecido en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.337.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 modificada por la Ley Nº 26.124 y el Artículo 9º de la Ley Nº 26.337.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, en la parte correspondiente al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas que como Anexo forman parte integrante del presente artículo.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar