JUBILACIONES Y PENSIONES
RESTITUCION DEL DESCUENTO DEL TRECE POR CIENTO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
21-Oct-2004
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS SUMAS PENDIENTES DE PAGO CORRESPONDIENTES A LA RESTITUCION A BENEFICIARIOS Y/O SUS SUCESORES LEGITIMAMENTE ACREDITADOS DEL TRECE POR CIENTO A QUE SE REFIERE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 1º DEL DECRETO NRO. 1819/2002, SERAN CANCELADAS EN EFECTIVO Y EN UN SOLO PAGO.