Decisión Administrativa 490 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 27541
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 23-Dic-2019 |
Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVADECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.
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Normativa / Número
Decreto DNU 260 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONESAMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.
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Normativa / Número
Decreto DNU 287 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 18-Mar-2020 |
Descripción
DECRETO N° 260/2020 - MODIFICACIONSUSTITUYESE, EL ARTICULO 10 DEL DECRETO Nº 260/20, POR EL SIGUIENTE: “EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS COORDINARA CON LAS DISTINTAS JURISDICCIONES Y ORGANISMOS DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, LA IMPLEMENTACION DE LAS ACCIONES Y POLITICAS PARA EL ADECUADO CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES QUE DISPONGA LA AUTORIDAD SANITARIA NACIONAL, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA Y DE LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA. Y OTRAS MODIFICACIONES.
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Normativa / Número
Decreto DNU 297 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID -19) - DISPOSICIONESA FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, LO QUE CONSTITUYE UNA OBLIGACION INALIENABLE DEL ESTADO NACIONAL, SE ESTABLECE PARA TODAS LAS PERSONAS QUE HABITAN EN EL PAIS O SE ENCUENTREN EN EL EN FORMA TEMPORARIA, LA MEDIDA DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN LOS TERMINOS INDICADOS EN EL PRESENTE DECRETO. LA MISMA REGIRA DESDE EL 20 HASTA EL 31 DE MARZO INCLUSIVE DEL CORRIENTE AÑO, PUDIENDOSE PRORROGAR ESTE PLAZO POR EL TIEMPO QUE SE CONSIDERE NECESARIO EN ATENCION A LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 429 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 20-Mar-2020 |
Descripción
INCORPORACION DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOSINCORPORASE AL LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS DECLARADOS ESENCIALES EN LA EMERGENCIA, EXCEPTUADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICION DE CIRCULAR, A LAS PERSONAS AFECTADAS A LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS QUE SE DETALLAN EN LA PRESENTE.
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Normativa / Número
Decreto DNU 325 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 31-Mar-2020 |
Descripción
DECRETO 297/2020 - PRORROGAPRORROGASE LA VIGENCIA DEL DECRETO N° 297/20, CON LAS MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL PRESENTE DECRETO HASTA EL 12 DE ABRIL DE 2020 INCLUSIVE.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 450 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 03-Abr-2020 |
Descripción
LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS ESENCIALES - AMPLIASEAMPLIASE EL LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS DECLARADOS ESENCIALES EN LA EMERGENCIA, EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL DECRETO N° 297/20.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 468 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 07-Abr-2020 |
Descripción
LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS ESENCIALES - AMPLIASEAMPLIA LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS ESENCIALES EN LA EMERGENCIA: OBRA PRIVADA DE INFRAESTRUCTURA ENERGETICA.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 467 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 07-Abr-2020 |
Descripción
LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS ESENCIALES - AMPLIASEAMPLIASE EL LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS DECLARADOS ESENCIALES EN LA EMERGENCIA, EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL DECRETO N° 297/20, INCORPORANDOSE A LA ACTIVIDAD NOTARIAL, CUANDO LA MISMA SE ENCUENTRE LIMITADA EXCLUSIVAMENTE A POSIBILITAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS DE QUE DA CUENTA LA PRECITADA NORMATIVA U OTRA QUE PUDIERA EN EL FUTURO AMPLIAR EL LISTADO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS ESENCIALES, DEBIENDOSE OTORGAR LOS ACTOS NOTARIALES DEL CASO SOLO CON LA INTERVENCION DE LAS PERSONAS INDISPENSABLES PARA ELLO, EVITANDO TODO TIPO DE REUNIONES.
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