MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 431/2019
DA-2019-431-APN-JGM - Autorización.
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2017-06766471-APN-DPAT#MDS, el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Administrativa N° 456 del 10 de abril de 2018, entre otras cuestiones se aprobó y adjudicó la Licitación Pública N° 29/2017, con el objeto de lograr la adquisición de yerba mate con palo, necesaria para brindar asistencia inmediata a comunidades en las que se observaron problemas relacionados con la alimentación y la salud, solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, asimismo, el artículo 5° del citado acto administrativo autorizó a la entonces Ministra de Desarrollo Social, actual Ministra de Salud y Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, prórroga, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad de la referida licitación pública.
Que el artículo 9° del Anexo al Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias establece que “La autoridad con competencia para la aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, será la que haya dictado el acto administrativo de conclusión del procedimiento o la autoridad en la que se hubiese delegado tal facultad”.
Que corresponde el dictado de un acto administrativo mediante el cual se autorice a la Ministra de Salud y Desarrollo Social a aplicar penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes en la Licitación Pública N° 29/2017 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL han tomado las intervenciones de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 9° séptimo párrafo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Ministra de Salud y Desarrollo Social a aplicar penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes correspondientes a la Licitación Pública N° 29/2017 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley.
Decisión Administrativa 431/2019
DA-2019-431-APN-JGM - Autorización.
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2017-06766471-APN-DPAT#MDS, el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Administrativa N° 456 del 10 de abril de 2018, entre otras cuestiones se aprobó y adjudicó la Licitación Pública N° 29/2017, con el objeto de lograr la adquisición de yerba mate con palo, necesaria para brindar asistencia inmediata a comunidades en las que se observaron problemas relacionados con la alimentación y la salud, solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, asimismo, el artículo 5° del citado acto administrativo autorizó a la entonces Ministra de Desarrollo Social, actual Ministra de Salud y Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, prórroga, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad de la referida licitación pública.
Que el artículo 9° del Anexo al Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias establece que “La autoridad con competencia para la aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, será la que haya dictado el acto administrativo de conclusión del procedimiento o la autoridad en la que se hubiese delegado tal facultad”.
Que corresponde el dictado de un acto administrativo mediante el cual se autorice a la Ministra de Salud y Desarrollo Social a aplicar penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes en la Licitación Pública N° 29/2017 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL han tomado las intervenciones de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 9° séptimo párrafo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Ministra de Salud y Desarrollo Social a aplicar penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes correspondientes a la Licitación Pública N° 29/2017 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley.
e. 28/05/2019 N° 37305/19 v. 28/05/2019