Decisión Administrativa 390 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 24156
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 29-Oct-1992 |
Descripción
DISPOSICIONES GENERALESDISPOSICIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL. SISTEMAS PRESUPUESTARIOS. TESORERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DE CONTROL INTERNO Y EXTERNO. DISPOSICIONES VARIAS, PROMULGADA POR DEC. 1957 DEL 26-10-92 Y OBSERVADAPARCIALMENTE. LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO (AR. 1156). DIGESTO DE NORMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL (AR. 1156 BIS).
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Normativa / Número
Ley 27541
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 23-Dic-2019 |
Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVADECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.
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Normativa / Número
Decreto DNU 260 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONESAMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 371 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - LICENCIA EXCEPCIONALLAS DIRECCIONES DE RECURSOS HUMANOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS Y UNIDADES ORGANIZATIVAS ANALOGAS DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 8° DE LA LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL N° 24.156, DEBERAN OTORGAR LICENCIA EXCEPCIONAL A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE PRESTAN SERVICIOS EN SUS RESPECTIVOS AMBITOS Y QUE HAYAN INGRESADO AL PAIS HABIENDO PERMANECIDO EN ESTADOS UNIDOS DE AMERICA O EN LOS PAISES DE LOS CONTINENTES ASIATICO Y EUROPEO, A PARTIR DEL 6 DE MARZO DE 2020 INCLUSIVE, PARA QUE PERMANEZCAN EN SUS HOGARES POR CATORCE (14) DIAS CORRIDOS, EN UN TODO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LAS RECOMENDACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD Y DEL
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Normativa / Número
Resolución 3 / 2020
SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO |
Fecha publicación 14-Mar-2020 |
Descripción
LICENCIA PREVENTIVAESTABLECESE QUE LAS AREAS DE RECURSOS HUMANOS DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL A QUE ALUDE EL ARTICULO 1° DE LA DECISION ADMINISTRATIVA N° 371 DEL 12 DE MARZO DE 2020 DEBERAN OTORGAR UNA LICENCIA PREVENTIVA POR CATORCE (14) DIAS CORRIDOS, A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE RESOLUCION, CON GOCE INTEGRO DE HABERES, PARA TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE SE ENCUENTREN COMPRENDIDAS EN LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 7° DEL DECRETO Nº 260 DEL 12 DE MARZO DE 2020.
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