Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 357/2008

Excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 26.337, a los efectos de cubrir cargos vacantes.

Bs. As., 24/10/2008

VISTO el Expediente N° 020505/2003 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley N° 26.337, los Decretos Nros. 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, su modificatorio N° 680 del 1 de septiembre de 2003 y 40 del 25 de enero de 2007, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 15 de enero de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.337 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Que la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 15 de enero de 2008, distribuye los créditos presupuestarios aprobados por la mentada ley, incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o Entidad de la Administración Pública Nacional.

Que asimismo, el Artículo 7° de la misma ley, establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales.

Que mediante el dictado del Decreto N° 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que resulta imperioso que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuente con la totalidad de su estructura organizativa en funcionamiento, a los fines de cumplir con sus cometidos.

Que lo precedentemente expuesto, encuentra fundamento en el hecho que los países compradores de nuestros productos cárnicos, tales como los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y los integrantes de la UNION EUROPEA, exigen entre otras condiciones sanitarias, que el personal que realiza tareas de control y certificación en plantas habilitadas a esos destinos, sea solventado por el ESTADO NACIONAL.

Que a los efectos de que el citado Servicio Nacional pueda cumplir con eficiencia, entre otras, las acciones tendientes a prevenir el riesgo de introducción y difusión de enfermedades exóticas emergentes y/o de alto riesgo de los animales y de las plagas cuarentenarias y no cuarentenarias, como así también el de certificar con mayor grado de certeza la condición sanitaria de las exportaciones de origen animal y vegetal, de modo de no obstaculizar el comercio actual de nuestros productos agropecuarios, es fundamental contar con los recursos humanos necesarios para cumplir dicho cometido.

Que al propio tiempo la aplicación de las distintas acciones sanitarias programadas para el control de las enfermedades de los animales, requiere la participación estable y permanente de los profesionales, técnicos y administrativos que han realizado y realizan las tareas indispensables que se deben llevar a cabo en el cumplimiento y aplicación de la normativa vigente que se genera, a partir de la diversidad sanitaria en la que se encuentran las distintas especies animales y vegetales de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que en este orden de ideas resulta imprescindible la cobertura de los cargos vacantes de la Planta de Personal Permanente, lo que constituye una necesidad de alta prioridad para el citado Organismo.

Que en consecuencia, resulta necesario exceptuar al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, de las disposiciones del Artículo 7° de la Ley N° 26.337, a fin de que se pueda contar con los recursos humanos disponibles para el cumplimiento de las responsabilidades encomendadas en el marco del Decreto N° 1585/96.

Que la cantidad de cargos cuyo descongelamiento se propicia, no excede a la dispuesta por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 15 de enero de 2008 y en consecuencia no implicará asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y 7° de la Ley N° 26.337.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 26.337, a efectos de cubrir los cargos vacantes que figuran en el Anexo que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos mediante los sistemas de selección previstos en el Título VI del Anexo del Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - Entidad 623, Inciso 1 - Gastos en Personal.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sergio T. Massa. — Carlos R. Fernández.

ANEXO

PRESUPUESTO 2008

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

PROGRAMA: 01 - Actividad Central

UNIDAD EJECUTORA: Dirección Nacional de Coordinación Técnica, Legal y Administrativa

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 623

CANTIDAD DE CARGOS

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA PROFESIONAL ADMINISTRATIVO

CATORCE (14)

CATEGORIA TECNICO ADMINISTRATIVO

DOCE (12)

CATEGORIA ADMINISTRATIVO

SEIS (6)

JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

PROGRAMA: 16 - Protección Vegetal

UNIDAD EJECUTORA: Dirección Nacional de Protección Vegetal

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 623

CANTIDAD DE CARGOS

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO OPERATIVO

CATEGORIA PROFESIONAL ADMINISTRATIVO

TRES (3)

JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

PROGRAMA: 17 - Servicio de Laboratorio

UNIDAD EJECUTORA: Dirección de Laboratorios y Control Técnico

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 623

CANTIDAD DE CARGOS

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO OPERATIVO

CATEGORIA PROFESIONAL OPERATIVO

SIETE (7)

CATEGORIA TECNICO OPERATIVO

CINCO (5)

CATEGORIA ASISTENTE TECNICO OPERATIVO

TRES (3)

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA TECNICO ADMINISTRATIVO

TRES (3)

JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

PROGRAMA: 18 - Aprobación de Agroquímicos y Productos Farmacológicos

UNIDAD EJECUTORA: Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 623

CANTIDAD DE CARGOS

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO OPERATIVO

CATEGORIA PROFESIONAL OPERATIVO

SEIS (6)

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA TECNICO ADMINISTRATIVO

DOS (2)

JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

PROGRAMA: 19 - Fiscalización Agroalimentaria

UNIDAD EJECUTORA: Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 623

CANTIDAD DE CARGOS

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO OPERATIVO

CATEGORIA PROFESIONAL OPERATIVO

NOVENTA Y NUEVE (99)

CATEGORIA TECNICO OPERATIVO

SETENTA Y CUATRO (74)

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA ADMINISTRATIVO

QUINCE (15)

JURISDICCION: 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

PROGRAMA: 20 - Sanidad Animal

UNIDAD EJECUTORA: Dirección Nacional de Sanidad Animal

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO: 623

CANTIDAD DE CARGOS

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO OPERATIVO

CATEGORIA PROFESIONAL OPERATIVO

SESENTA Y NUEVE (69)

CATEGORIA TECNICO OPERATIVO

CUARENTA Y DOS (42)

AGRUPAMIENTO ADMINISTRATIVO

CATEGORIA ADMINISTRATIVO

DIECIOCHO (18)

Scroll hacia arriba