Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Decisión Administrativa 339/2017

Apruébase estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2017

VISTO el Expediente Electrónico EX-2017-3783113-APN-SECEP#MM, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); 223 del 19 de enero de 2016, y 13 de fecha 5 de enero de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 232 de fecha 29 de marzo de 2016 y 1233 de fecha 1º de noviembre de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 232/16 y 1233/16 se aprobó y modificó, respectivamente, la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que por Decreto Nº 170 de fecha 13 de marzo de 2017, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, asignando nivel de SUBSECRETARÍA al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, con dependencia de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la citada Jurisdicción.

Que, en virtud de ello, corresponde en esta instancia la transferencia de diversas unidades organizativas del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la citada Secretaría.

ARTÍCULO 2º.- Transfiérese la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICAS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a la órbita del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la citada cartera ministerial.

ARTÍCULO 3°.- Transfiérese la Dirección de Asistencia al Fondo de Capacitación Permanente y Recalificación Laboral, del ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA a la órbita de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MODERNIZACION.

ARTÍCULO 4°.- Las transferencias a las que aluden los artículos anteriores comprenderán las unidades organizativas con sus acciones, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstos en el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos l (IF-2017-10399621-APN-SECEP#MM) y II (IF-2017-10399481- APN-SECEP#MM), forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 6º.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-10399591-APN-SECEP#MM), que forman parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles de funciones ejecutivas, grados de revista previstos en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

ARTÍCULO 8º.- Facúltase al Titular del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO de la citada Jurisdicción, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por el artículo 5º de la presente Decisión Administrativa, la que podrá contemplar un incremento de DOS (2) Direcciones y OCHO (8) Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y con nivel IV (Coordinación).

ARTÍCULO 9º.- Asígnanse al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN la cantidad de DOCE (12) cargos vacantes de planta permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017, para ser aplicados a la estructura aprobada en el artículo 5º y a la facultad concedida en el artículo 8º de la presente Decisión Administrativa, correspondiendo asignarles Nivel A (DOS (2) cargos) y B (DIEZ (10) cargos) del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, conforme Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-10399567-APN-SECEP#MM), que forma parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 10.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra.

ANEXO I



IF-2017-10399621-APN-SECEP#MM

ANEXO II

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el diseño, planificación e implementación de los programas y planes de capacitación de la alta dirección pública del sector público nacional y de los aspirantes a formar parte de la misma.

ACCIONES:

1. Gestionar los procesos y procedimientos necesarios para la adecuada difusión de la oferta, inscripción de alumnos y desarrollo de la oferta académica de la alta dirección pública.

2. Diseñar e implementar programas específicos de la alta dirección pública a requerimiento y a partir de las necesidades de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con el CONSEJO FEDERAL DE MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN EN LA GESTIÓN PÚBLICA (COFEMOD) y la SECRETARÍA PAÍS DIGITAL.

3. Detectar necesidades de capacitación para los funcionarios que conforman la alta dirección pública.

4. Proponer a la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN nuevos diseños y contenidos de planes de capacitación específicos a su ámbito de competencia.

5. Diseñar y promover actividades que mejoren las capacidades técnicas y de gestión de los funcionarios que conforman la alta dirección pública, en coordinación con las áreas u organismos cuya participación sea requerida.

6. Contribuir en la difusión de nuevos conocimientos y en la consolidación de buenas prácticas sobre gestión pública, para anticipar tendencias y expectativas de cambio en la formación de la alta dirección pública, en el marco de la planificación estratégica para el área.

7. Realizar la selección, coordinación y evaluación del cuerpo docente, según lineamientos y criterios de la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA.

8. Asistir a los gobiernos provinciales y municipales, a través de programas de transferencia técnica, en la instalación de capacidades institucionales y humanas orientadas a fortalecer el desarrollo y la profesionalización de la alta dirección pública a nivel local.

9. Diseñar e implementar un programa de concursos para la alta dirección pública.

10. Promover la innovación y el uso activo de nuevas metodologías de enseñanza-aprendizaje, modernas y alineadas con el Plan de Modernización del ESTADO NACIONAL, según los requerimientos y estándares de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA.

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Intervenir en la planificación e implementación de los planes y programas de capacitación del Sector Público Nacional, de acuerdo a las exigencias y necesidades previstas en los estatutos y escalafones respectivos.

ACCIONES:

1. Gestionar el Sistema Nacional de Capacitación de los empleados del Sector Público Nacional, exceptuando a la alta dirección pública.

2. Diseñar los itinerarios formativos para los puestos-perfiles de los funcionarios públicos, articulando con la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA y la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN.

3. Diseñar e implementar planes de capacitación específicos en conjunto con la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN y la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA en el ámbito de su competencia.

4. Gestionar los procesos y procedimientos necesarios para la adecuada difusión de la oferta, inscripción de alumnos y desarrollo de la oferta académica, conforme los procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

5. Realizar y promover actividades de capacitación y formación destinadas a profesionales, técnicos y personal operativo centrados en la mejora del desempeño y el desarrollo de una cultura pública orientada a resultados.

6. Promover la utilización masiva de la plataforma de educación virtual viabilizando la accesibilidad a la oferta de formación del Sector Público Nacional.

7. Diseñar actividades de capacitación basadas en la detección de necesidades específicas de los organismos del Sector Público Nacional.

8. Proponer a la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN nuevos diseños y contenidos de planes de capacitación específicos a su ámbito de competencia.

9. Desarrollar programas, instrumentos y actividades necesarias para el fortalecimiento institucional de las áreas de capacitación de los organismos del Sector Público Nacional, de modo de asistirlas en el diseño, formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos de capacitación.

10. Contribuir con la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN en la difusión de nuevos conocimientos y en la consolidación de buenas prácticas sobre gestión pública, para anticipar tendencias y expectativas de cambio en la carrera administrativa.

11. Atender a los lineamientos y criterios de la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA, en lo que respecta a la selección, coordinación y evaluación del cuerpo docente.

12. Promover la innovación y el uso activo de nuevas metodologías de enseñanza-aprendizaje, modernas y alineadas con el Plan de Modernización del ESTADO NACIONAL, según los requerimientos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA.

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el desarrollo de contenidos y metodologías de capacitación.

Promover la investigación en el marco de los criterios institucionales y consolidar el cuerpo académico del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA conforme estándares de calidad reconocidos.

ACCIONES:

1. Aprobar los itinerarios formativos para los puestos-perfiles de los funcionarios públicos, articulando con la Oficina Nacional de Empleo Público, la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE GOBIERNO y la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA.

2. Definir criterios, instrumentos y procedimientos de selección y evaluación del cuerpo docente del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

3. Diseñar en conjunto con la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA, la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA y la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA modelos formativos en vista de la evaluación y certificación de competencias laborales según los puestos-perfiles establecidos.

4. Coordinar y administrar la plataforma de educación virtual del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, y proveer capacitación y orientación didáctica a los docentes que dicten cursos o diseñen recursos para la enseñanza.

5. Asistir en la administración del registro de prestadores de servicios formativos, y desarrollar la normativa y procedimientos que regulen su ingreso y selección.

6. Promover el desarrollo de contenidos académicos, produciendo y/o aprobando, según se defina en cada caso, los contenidos de las capacitaciones, en particular los referidos a los programas virtuales.

7. Participar en la validación de los contenidos de difusión de la información, en coordinación con las áreas competentes del Ministerio, sobre el desarrollo de actividades, proyectos y planes de capacitación institucionales.

8. Planificar y coordinar en conjunto con la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA y con la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA, iniciativas de cooperación técnica y académica con universidades, instituciones académicas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del ámbito nacional e internacional, mediante la realización de pasantías, proyectos, cursos, becas e intercambios, fortaleciendo los programas de formación y capacitación de los funcionarios públicos.

9. Gestionar el sistema de becas y resolver sobre solicitudes, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA, la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA.

10. Generar redes vinculares que faciliten la colaboración y asociación incrementando así la conexión entre la oferta de formación y las necesidades de cualificación de los empleados públicos de cara a su desarrollo.

11. Colaborar en la difusión de la oferta de capacitación internacional y de los programas de becas de las agencias de cooperación extranjeras y de los organismos multilaterales.

12. Realizar, promocionar y difundir estudios e investigaciones que contribuyan al desarrollo del conocimiento sobre la Administración Pública Nacional y el ESTADO NACIONAL y consoliden buenas prácticas en la materia.

13. Brindar asistencia técnica y metodológica para el desarrollo de investigaciones sobre la administración pública, las políticas públicas y nuevas tecnologías en otras entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil.

14. Gestionar la Red Nacional de Documentación e Información sobre Administración Pública.

15. Intervenir en la programación, ejecución y distribución de la producción editorial institucional que se desarrolle en el ámbito de su competencia.

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en todo lo relacionado a la acreditación y evaluación de los planes, programas y acciones de capacitación, evaluando su calidad e impacto, y gestionar la relación con los referentes de capacitación de los distintos organismos que lo conforman.

ACCIONES:

1. Desarrollar criterios e instrumentos de evaluación periódica de la calidad y el impacto de las capacitaciones que den cuenta de su correspondencia con las metas, objetivos y necesidades de cada organismo y de la satisfacción de estándares y resultados.

2. Elaborar la normativa que prevea la homogeneidad y pertinencia de los distintos criterios de evaluación de los planes de capacitación que se ejecuten en el ámbito de su competencia.

3. Establecer los lineamientos y criterios para la selección, coordinación y evaluación del cuerpo docente, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN.

4. Intervenir en la acreditación y certificación de las actividades formales y no formales de capacitación que se desarrollen en el ESTADO NACIONAL, en colaboración con la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

5. Impulsar iniciativas para la certificación de competencias entre los agentes de la administración pública, en el marco de los itinerarios formativos y los planes de capacitación que se establezcan para cada nivel.

6. Diseñar en conjunto con la DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA y la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA modelos formativos en vista de la evaluación y certificación de competencias laborales según los puestos-perfiles establecidos.

7. Asistir en la elaboración de la normativa y de los procedimientos de planificación y gestión de la capacitación que se realicen en el ámbito de la competencia del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

8. Implementar y mantener un sistema de gestión de la calidad y mejora continua de la gestión de capacitación.

9. Planificar y desarrollar las acciones de seguimiento y evaluación de las actividades de capacitación que se realicen en el ámbito de competencia del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, en coordinación con la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA y con la DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA.

10. Gestionar la red de Coordinadores Técnicos de Capacitación en particular, y en general, la relación con los referentes de capacitación de los distintos organismos del ESTADO NACIONAL.

11. Asistir a las jurisdicciones en la elaboración de los Planes Anuales de Capacitación, en el marco de los lineamientos y planes de formación que defina el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA como órgano rector.

12. Coordinar y administrar la plataforma de gestión académica del sistema de acreditación del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

IF-2017-10399481-APN-SECEP#MM

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6º

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

INCORPORACIONES

Unidad organizativaNivel
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN NACIONAL ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓNI
DIRECCIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN ACADÉMICAI
DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICAI

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

HOMOLOGACIONES

Unidad organizativaNivel
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL
DIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL FONDO DE CAPACITACIÓN PERMANENTE Y RECALIFICACIÓN LABORALII
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE FORMACIÓN PÚBLICA (Ex - Instituto Nacional de la Administración Pública, Nivel I)I
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIALI

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

DEROGACIONES

Unidad organizativaNivel
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
SUBSECRETARÍA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN EN POLÍTICAS PÚBLICASI

IF-2017-10399591-APN-SECEP#MM

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º

PRESUPUESTO 2017

RECURSOS HUMANOS

CARGO O CATEGORÍACANTIDAD DE CARGOS
PERSONAL PERMANENTE
ANEXO II Decisión Administrativa Nº 284/17
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2098/08 y modificatorios- 12
Subtotal Escalafón- 12
ANEXO V Decisión Administrativa Nº 284/17
PERSONAL DEL SINEP - Decreto Nº 2098/08 y modificatorios+ 12
Subtotal Escalafón+ 12
TOTAL0

IF-2017-10399567-APN-SECEP#MM

e. 02/06/2017 N° 38192/17 v. 02/06/2017
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