Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


MINISTERIO DE CULTURA

Decisión Administrativa 314/2018

Apruébanse estructuras organizativas.

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-09503191-APN-SECCI#JGM, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018, las Decisiones Administrativas N° 213 de fecha 21 de marzo de 2016 y modificatoria y Nº 267 de fecha 2 de marzo de 2018, las Resoluciones del MINISTERIO DE CULTURA N° 1172 de fecha 22 de diciembre de 2016 y su modificatoria y Nº 753 de fecha 29 de junio de 2017; el Decreto Nº 1917 del 26 de diciembre del 2006 y sus modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el referido al MINISTERIO DE CULTURA, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el artículo 4º del citado Decreto N° 174/18 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE CULTURA.

Que por la Decisión Administrativa N° 213 de fecha 21 de marzo de 2016 y su modificatoria se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA.

Que por las Resoluciones citadas en el VISTO se aprobó la estructura de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el cumplimiento de los objetivos de Gobierno recomienda una reingeniería organizacional de las estructuras organizativas del Estado Nacional.

Que, por ello, resulta necesario en esta instancia, efectuar modificaciones en la estructura organizativa del MINISTERIO DE CULTURA e incorporar, homologar, reasignar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que, en el marco de la reforma estructural de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL encarada por el ESTADO NACIONAL, corresponde la supresión de los cargos que ya no resulten estrictamente necesarios para el cumplimiento de las acciones y misiones de los organismos y Jurisdicciones que la componen.

Que en tal virtud, y a fin de atender las necesidades y la nueva organización de la Jurisdicción, resulta necesario ampliar la asignación de Unidades Retributivas otorgadas mediante la Decisión Administrativa N° 267/2018.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- (Artículo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

ARTÍCULO 2º.- (Artículo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

ARTÍCULO 3º.- (Artículo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

ARTÍCULO 4º.- (Artículo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

ARTÍCULO 5º.- (Artículo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

ARTÍCULO 6º.- Suprímense los cargos extraescalafonarios que se detallan en Planilla Anexa al presente artículo (GDE IF-2018-09515439-APN-SECCI#JGM), que forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa.

ARTÍCULO 7º.- Asignase al Titular del MINISTERIO DE CULTURA la cantidad adicional de DOCE MIL (12.000) Unidades Retributivas.

ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 14/03/2018 N° 16098/18 v. 14/03/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

Anexos I

(Anexo derogado por art. 8° de la 
Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

Anexo II

(Anexo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

Anexos IIIa, IIIb, IIIc, III.d

(Anexos derogados por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

Anexo IV
 
(Anexo derogado por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

Planilla Anexa al  artículo 3°

(Planilla derogada por art. 8° de la Decisión Administrativa N° 1428/2020 B.O. 10/8/2020)

Planilla Anexa al  artículo 6°

(Nota Infoleg: La Planilla referenciada en la presente norma ha sido extraída de la edición web de Boletín Oficial. Ver modificaciones en 'Antecedentes Normativos')


Antecedentes Normativos

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
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