Presidencia de la Nación

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decisión Administrativa 269/2019

DA-2019-269-APN-JGM - Decisiones Administrativas N° 267/2018 y N° 295/2018. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-59271029- -APN-DNDO#JGM, los Decretos N° 660 del 24 de junio de 1996, N° 1663 del 24 de junio de 1996, N° 1193 de fecha 24 de agosto de 2010 y N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y modificatorios y Nº 575 de fecha 21 de junio de 2018, las Decisiones Administrativas Nº 267 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias y Nº 295 de fecha 9 de marzo de 2018 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 267 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias se constituyó el Gabinete de los señores Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General y Secretario Legal y Técnico, ambos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; el Secretario de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina, Titular del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, ambos dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno, Procurador del Tesoro de la Nación, Titular de la COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G20 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Titulares de los Organismos Descentralizados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL previstos en dicha norma.

Que la máxima autoridad de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, es ejercida por UN (1) Presidente, quien, en virtud de lo establecido en el Decreto N° 1193 de fecha 24 de agosto de 2010, posee rango y jerarquía de Subsecretario.

Que por el Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996 se constituyó el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) como organismo descentralizado en el ámbito de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por el Decreto N° 1663 del 27 de diciembre de 1996 se dispuso que dicho Servicio estará dirigido por UN (1) Presidente y UN (1) Secretario Ejecutivo.

Que atento las competencias asignadas a la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y al SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, resulta necesario incorporar a los Presidentes de ambos organismos en las previsiones del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 267/18 y sus modificatorias, asignándoles sus respectivos gabinetes.

Que por la Decisión Administrativa N° 295/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo y se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, los cargos pertenecientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que deviene necesario efectuar modificaciones en el citado Nomenclador de Funciones Ejecutivas respecto de ciertas unidades organizativas correspondientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, todas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Anexo I del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 267 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias al Presidente de la JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL (JIAAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y al Presidente del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese la Planilla Anexa al artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº 295 de fecha 9 de marzo de 2018 y modificatoria, por la que, con igual denominación, obra en la planilla anexa al presente artículo (IF-2019-08165610-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción y de las Entidades comprendidas en la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Guillermo Javier Dietrich - Dante Sica

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/04/2019 N° 24329/19 v. 11/04/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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